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BOAM nº 8883 (10/05/2021)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

1103

Resolución de 28 de abril de 2021 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación en el Boletín oficial del Ayuntamiento de Madrid del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de 28 de abril de 2021, sobre la aprobación de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas y de competición durante la temporada 2020-2021.

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 n) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, en virtud de las competencias atribuidas por Acuerdo de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, publicado en el BOCM el 22 de julio y a los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC),

 

RESUELVO

 

Ordenar la publicación oficial del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de fecha 28 de abril de 2021, para la aprobación de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas y de competición durante la temporada 2020-2021, con el siguiente contenido:

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 n) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid y en virtud de las competencias delegadas, por Acuerdo de Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, publicado en el BOCM el 22 de julio de 2019 y a la vista de los informes del órgano instructor,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas y de competición durante la temporada 2020-2021, que se incorpora como anexo al presente decreto.

 

SEGUNDO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

3.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 28 de abril de 2021.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, M.ª Carmen González Fernández.

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