BOAM nº 8163 (30/05/2018)
Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo
1211
Decreto de11 de mayo de 2018 de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social. Expediente 171/2018/00271.· Metodología y organización del proyecto, señalando los protocolos de actuación establecidos, el reparto de responsabilidades en las tareas, la coordinación interna, la comunicación interna y externa, y los cauces de participación de los destinatarios.
· Presupuesto total del proyecto, diferenciando el importe de la subvención solicitada al Ayuntamiento, del importe obtenido a través de otras fuentes de financiación públicas o privadas y la aportación de la propia entidad solicitante.
· También se incluirá toda la documentación necesaria para una adecuada valoración del proyecto de acuerdo con los criterios de valoración recogidos en el artículo 9 de la presente convocatoria.
La evaluación del proyecto servirá para establecer los porcentajes de la subvención percibida que serán reintegrados a la Administración si no se alcanzase cada uno de los objetivos operativos y actividades propuestos. Y ello, sin perjuicio de otros criterios de reintegro previstos en la OBRS, la LGS y el RGS.
ARTÍCULO 9. Criterios de valoración.
La valoración y baremación, hasta un máximo de 106 puntos, se realizará de acuerdo a los siguientes criterios:
1. Criterios de valoración y ponderación de las entidades solicitantes (hasta 20 puntos):
1.1. Antigüedad de la entidad (máximo 3 puntos).
- La entidad tiene una antigüedad de 10 años o más (3 puntos).
- La entidad tiene una antigüedad entre 5 y 9 años (2 puntos).
- La entidad tiene una antigüedad entre 2 y 4 años (1 punto).
1.2. Declaración de utilidad pública (máximo 2 puntos):
- Está declarada de utilidad pública municipal por el Ayuntamiento de Madrid (2 puntos).
- Fundaciones (1 punto).
1.3. Colectivo de atención prioritaria (máximo 4 puntos):
1.3.1- Experiencia anterior en proyectos con este colectivo de atención (máximo 2 puntos):
· Más de 5 años (2 puntos).
· Entre 2 y 5 años (1 punto).
· Menos de 2 años (0 puntos).
1.3.2- Los estatutos de la entidad recogen a ese colectivo como objeto de atención (máximo 2 puntos):
· Exclusividad de atención a ese colectivo (2 puntos).
· Ese colectivo de atención está recogido o destacado como principal (1 punto).
· No está recogido (0 puntos).
1.4. Ámbito territorial de actuación según sus Estatutos (máximo 4 puntos).
- El ámbito territorial es el municipio de Madrid (4 puntos).
- El ámbito territorial es la Comunidad de Madrid (2 puntos).
- El ámbito territorial es a nivel estatal (1 punto).
1.5. La entidad acredita certificado de sistemas de evaluación y calidad oficiales y están en vigor (máximo 2 puntos):
- La entidad acredita sistemas de evaluación oficiales y están en vigor (2 puntos).
- La entidad presenta su manual de calidad o realiza autoevaluaciones internas aportando el último informe (1 punto).
- No cuenta con sistemas de calidad propios, ni certificados oficiales o éstos no están en vigor (evaluación oficiales y/o no están en vigor) (0 puntos).
1.6. Equilibrio entre ingresos y gastos del año anterior (según se acredita en el anexo I) (máximo 2 puntos).
- La entidad tiene superávit o no hay déficit, presentando un desglose equilibrado (2 puntos).
- El déficit entre ingresos y gastos es igual o inferior al 10% (1 punto).
- El déficit entre ingresos y gastos es superior al 10% (0 puntos).
1.7. La entidad cuenta con Plan de Igualdad entre sus medidas de conciliación (máximo 3 puntos).
- La entidad aporta el Plan de Igualdad (3 puntos).
- La entidad no aporta el Plan de Igualdad (0 puntos).
2. Criterios de valoración y ponderación del proyecto (hasta un máximo de 86 puntos).
2.1. Periodo de ejecución del proyecto (máximo 4 puntos).
Es de 6 a 12 meses (4 puntos).
Es de 3 a 5 meses (2 puntos).
Es inferior a 3 meses (o puntos).
2.2. Adecuada respuesta de las actuaciones del proyecto al objeto y líneas generales, indicadas en el artículo 2 de la convocatoria (máximo 6 puntos).
· Todo el contenido/actuaciones del proyecto tiene relación directa con las líneas estratégicas. (6 puntos).
· El contenido/actuaciones del proyecto tienen relación parcial con las líneas estratégicas (3 puntos).
· El contenido/actuaciones del proyecto tienen relación escasa con las líneas estratégicas (1 punto).
2.3. Justificación de la necesidad social y del proyecto (máximo 7 puntos).
· El proyecto justifica adecuadamente las necesidades a abordar y recoge información concreta de Estudios/informes (7 puntos).
· El proyecto justifica parcialmente las necesidades a abordar y/o no recoge información de Estudios/informes (4 puntos).
· No se identifican, ni justifican las necesidades a abordar (0 puntos).
2.4. El proyecto propone aspectos innovadores (máximo 2 puntos).
· El proyecto es innovador y aporta nuevas perspectivas metodológicas (2 puntos).
· El proyecto no es innovador (0 puntos).