BOAM nº 8409 (03/06/2019)
Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social
1114
Decreto de 16 de mayo de 2019 del Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social por el que se acuerda la convocatoria pública de una subvención en 2019 del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social para la realización de acciones integradas para favorecer el reequilibrio territorial y la cohesión social en los distritos de Moncloa-Aravaca, Chamartín, Salamanca y Arganzuela.Artículo 5. Requisitos de las entidades solicitantes.
Las entidades que soliciten la subvención con cargo a la presente convocatoria deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, al menos, durante el periodo en el que disfruten, en su caso, de la condición de beneficiaria:
a) Tener personalidad jurídica y carecer de ánimo de lucro.
b) Estar inscrita en las secciones 1.ª y 2.ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid.
c) Disponer de sede abierta o delegación permanente en el municipio de Madrid, dotada de personal permanente de la entidad, ya sea contratado o voluntario.
d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
e) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.
f) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
g) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento a que se refiere el artículo 70.3 del RGS se hubiera realizado o no. La apreciación de esta prohibición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.
h) No estar incursa en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), para obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones.
Conforme a lo establecido en el artículo 5.2 a) de la OBRS, la formalización en la solicitud de los apartados correspondientes al cumplimiento de requisitos será suficiente para que se entren a valorar los proyectos, debiendo acreditar documentalmente el cumplimiento de los mismos únicamente aquellas entidades que hayan resultado provisionalmente beneficiarias de la subvención.
Artículo 6. Solicitud y documentación.
1. Formulario de solicitud y memoria.
1.1. Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como "solicitud" que se adjunta a la presente resolución de convocatoria, que puede ser consultado y, en su caso, descargado en la sede electrónica https://sede.madrid.es.
1.2. Deberá acompañarse a la solicitud una memoria de los criterios valorables en el artículo 10.1 de estas bases respecto de la entidad solicitante, así como una memoria del proyecto para el que se solicita la subvención con los criterios valorables en el artículo 10.2. Dichas memorias se formalizarán en los Anexos I y II de la presente convocatoria.
Los proyectos deberán estar identificados y formulados de forma precisa y pormenorizada, detallando las acciones a realizar y desglose presupuestario conforme a los modelos (Anexos) que desarrollan la presente convocatoria.
La solicitud y los Anexos I y II deberán suscribirse por quien ostente la representación legal de la entidad haciendo constar en todos los documentos el nombre y firma del o de la representante legal de la entidad solicitante. La denominación de la entidad que figure en los estatutos es la que deberá indicarse en toda la documentación que se presente.
2. Documentación que deberá acompañar a la solicitud:
2.1. Copia simple de los estatutos en los que consten las normas por las que se regula su actividad debidamente inscritos en el registro público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2.2. Documentación acreditativa de la capacidad legal de la persona firmante de la solicitud como representante de la entidad.
2.3. Documento normalizado "T" alta de pago por transferencia.
2.4. Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que esta se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 RGS.
2.5. Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad haciendo constar, bajo su responsabilidad, que esta no se halla incursa en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
2.6. Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que la entidad no tiene pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Las referidas declaraciones de los apartados 2.4, 2.5 y 2.6 se suscribirán en la propia solicitud normalizada cumplimentando a tal efecto la casilla correspondiente y suscribiendo su contenido.
3. No será necesario aportar los documentos recogidos en los apartados 2.1 y 2.2 que ya estuvieran en poder de cualquier órgano de la Administración actuante, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento a que correspondan, de conformidad con el artículo 23.3 de la LGS.
Este extremo deberá acreditarse mediante declaración responsable del o de la representante de la entidad en la que se especifiquen los documentos presentados, su fecha de presentación anterior y la dependencia donde se entregaron. En tal caso, las entidades solicitantes acreditarán en la citada declaración responsable que los documentos, así como los hechos y circunstancias que consten en los mismos, se mantienen vigentes y no han sufrido modificaciones en la fecha de presentación de la solicitud.
4. En materia de protección de datos, la entidad beneficiaria o agrupación, será la responsable directa y exclusiva del tratamiento de los datos personales que hubiere de efectuar con motivo de la realización de las actividades a las que se compromete por el convenio de subvención, en calidad de responsable, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y demás normativa que sea de aplicación en materia de protección de datos.