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BOAM nº 9298 (09/01/2023)
Área de Gobierno de Vicealcaldía

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Decreto de 20 de diciembre de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía por el que se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de actividades dirigidas a la población infantil y juvenil, así como a la mejora de la convivencia y el desarrollo comunitario mediante la promoción de la participación y el asociacionismo juvenil para la anualidad 2023.

A la vista de la propuesta de la Dirección General de Participación Ciudadana, de fecha 21 de noviembre de 2022, justificativa de la necesidad de tramitar con carácter anticipado el expediente para la convocatoria pública de subvenciones del Área de Gobierno de Vicealcaldía para el desarrollo de actividades dirigidas a la población infantil y juvenil, así como a la mejora de la convivencia y el desarrollo comunitario mediante la promoción de la participación y el asociacionismo juvenil para la anualidad 2023, y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía,

 

DISPONGO

 

Aprobar y dar publicidad a la convocatoria pública de subvenciones del Área de Gobierno de Vicealcaldía para el desarrollo de actividades dirigidas a la población infantil y juvenil, así como a la mejora de la convivencia y el desarrollo comunitario mediante la promoción de la participación y el asociacionismo juvenil para la anualidad 2023, que se adjunta como anexo al presente decreto.

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado este decreto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada, de conformidad con los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Madrid, a 20 de diciembre de 2022.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Begoña Villacís Sánchez.

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