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BOAM nº 9978 (06/10/2025)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

3628

Acuerdo de 2 de octubre de 2025 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avocan las competencias para realizar las obras de urbanización y regeneración de la zona verde situada entre las calles Primitiva Gañán y Cristo de la Victoria y se delegan en la Concejala Presidenta del Distrito de Usera.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 2 de octubre de 2025,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Avocar la competencia delegada en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.º 1.3 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar el contrato para realizar las obras de urbanización y regeneración de la zona verde situada entre las calles Primitiva Gañan y Cristo de la Victoria, en el Distrito de Usera.

 

SEGUNDO.- Delegar en la Concejala Presidenta del Distrito de Usera la competencia avocada en el apartado primero.

 

Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos.

 

TERCERO.- La eficacia del presente acuerdo queda condicionada a la existencia de la correspondiente disponibilidad presupuestaria.

 

CUARTO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

 

QUINTO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

 

SEXTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias a dictar los decretos que sean necesarios para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

 

SÉPTIMO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

OCTAVO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

 

Madrid, a 2 de octubre de 2025.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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