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BOAM nº 8743 (06/10/2020)
Ayuntamiento Pleno

1621

Acuerdo de 29 de septiembre de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la modificación del Acuerdo de 27 de marzo de 2019 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la creación y regulación de la Escuela del Campus Asociativo de Madrid.

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"Aprobar la modificación del Acuerdo de 27 de marzo de 2019 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la creación y regulación de la Escuela del Campus Asociativo de Madrid, en los términos que figuran en el Anexo del presente Acuerdo".

 

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados dichos plazos a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

 

En el supuesto de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquel o su desestimación presunta (artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 29 de septiembre de 2020.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

 

ANEXO

 

 ACUERDO DEL PLENO POR EL QUE SE APRUEBA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE 27 DE MARZO DE 2019 DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID POR EL QUE SE APRUEBA LA CREACIÓN Y REGULACIÓN DE LA ESCUELA DEL CAMPUS ASOCIATIVO DE MADRID.

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

Mediante Acuerdo de 7 de diciembre de 2017, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se aprobó el Programa operativo de rehabilitación de cuatro pabellones de la Casa de Campo de Madrid para la creación del "Complejo Municipal de Impulso del Asociacionismo", integrado por el Pabellón de Valencia, Pabellón ICONA I, Pabellón ICONA II y Pabellón de Exposiciones.

 

Por su parte, el Reglamento del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 24 de abril de 2018, establecía en su disposición adicional segunda un mandato para que mediante Acuerdo del Pleno se procediera a crear la escuela de formación y capacitación del sector asociativo.

 

Posteriormente, por Acuerdo de 27 de marzo de 2019, del Pleno del Ayuntamiento se creó y reguló la Escuela del Campus Asociativo de Madrid, que configuró esta como un órgano colegiado de asesoramiento y participación en materia de formación y capacitación destinadas al sector asociativo de la ciudad de Madrid, vinculado al Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas.

 

La disposición adicional única del mencionado Acuerdo de 27 de marzo de 2019 establecía la delimitación del Complejo Municipal de Impulso al Asociacionismo o Campus Asociativo de Madrid y la sede de la Escuela señalando que, el Pabellón de Valencia, estaría destinado, entre otros usos, a la escuela de formación del Campus Asociativo de Madrid.

 

Por otro lado, la disposición transitoria única de dicho Acuerdo del Pleno señalaba que hasta la finalización de la rehabilitación de los pabellones de la Casa de Campo de Madrid, la sede de la escuela del Campus Asociativo de Madrid se correspondería con la sede el área de gobierno competente en materia de fomento del asociacionismo.

 

Tal y como se ha analizado en el expediente que antecede al presente Acuerdo, no es necesario que un órgano colegiado cuente con una sede, por lo que se propone la corrección del Acuerdo suprimiendo esa referencia.

 

Por ese motivo, se ha decidido desafectar el destino de los pabellones de la Casa de Campo, que a día de hoy y por acuerdo del Pleno de 27 de marzo de 2019 abarcan la sede de la Escuela del Campus Asociativo para evitar condicionar proyectos futuros.

 

Para ello resulta necesario modificar aquellos aspectos del Acuerdo de 27 de marzo de 2019, del Pleno del Ayuntamiento por el que se creó y reguló la Escuela del Campus Asociativo de Madrid que definían el destino de los pabellones y, en particular, cual habría de ser la sede de la Escuela. Por todo ello, se aprueba el siguiente

 

ACUERDO

 

Apartado primero. Derogación de la disposición adicional única del Acuerdo de 27 de marzo de 2019.

 

Queda derogada la disposición adicional única del Acuerdo de 27 de marzo de 2019, del Pleno del Ayuntamiento por el que se aprueba la creación y regulación de la Escuela del Campus Asociativo de Madrid.

 

Apartado segundo. Modificación de la disposición transitoria única del Acuerdo de 27 de marzo de 2019.

 

La disposición transitoria única del Acuerdo de 27 de marzo de 2019, del Pleno del Ayuntamiento por el que se aprueba la creación y regulación de la Escuela del Campus Asociativo de Madrid, queda redactada como sigue:

 

"Hasta que se defina la sede definitiva de la Escuela del Campus Asociativo de Madrid, esta se corresponderá con la del área de gobierno competente en materia de fomento del asociacionismo".

 

Apartado tercero. Publicación y efectos.

 

El presente acuerdo surtirá efectos desde su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

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