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BOAM nº 7814 (30/12/2016)
Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

2757

Resolución de 9 de diciembre de 2016 de la Directora General de Comercio y Emprendimiento por la que se aprueba la convocatoria para el acceso a los servicios de apoyo al emprendimiento en los despachos de la Red de Viveros de Empresas del Ayuntamiento de Madrid.

La composición de la Comisión Técnica de Valoración será la siguiente:

- Un Presidente, funcionario de carrera, que será el titular de la Subdirección General de Emprendedores y Pymes o persona en quien delegue.

- Dos vocales, funcionarios o personal laboral, adscritos al Departamento de Emprendedores y Pymes.

- Un Secretario, funcionario de carrera adscrito al Departamento de Emprendedores y Pymes, que actuará con voz y sin voto.

La Comisión Técnica de Valoración podrá solicitar a expertos ajenos, de reconocida experiencia, cuantos informes estime conveniente.

La Comisión Técnica de Valoración se reunirá periódicamente, con carácter ordinario cada mes y con carácter extraordinario cuando se estime necesario. Con carácter ordinario, la Comisión Técnica valorará cada mes las solicitudes realizadas a fecha último día del mes anterior.

Como órgano colegiado, regirá su funcionamiento por lo dispuesto en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

DÉCIMA.- Criterios de valoración de las solicitudes.

1. Las solicitudes serán evaluadas individualmente por la Comisión Técnica de Valoración, con un máximo de 60 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios de baremación:

a) Viabilidad del proyecto, hasta 36 puntos.

Plan de Márketing, máximo 10 puntos

Plan de Recursos Humanos, máximo 2 puntos

Plan Jurídico Mercantil, máximo 2 puntos

Plan Económico Financiero, máximo 20 puntos

Plan de Operaciones, máximo 2 puntos

El Plan de Empresa es el documento esencial del proceso de selección. Se valorará el grado de desarrollo de cada uno de los apartados y el grado de cohesión de cada uno de ellos con el conjunto del Plan de Empresa. Asimismo, se tendrá en cuenta la adecuación de cada uno de los apartados del plan al sector de actividad al que se dirige.

Los solicitantes que no alcancen una puntuación mínima en este apartado de 20 puntos serán declarados "no aptos", no entrándose a valorar el resto de los apartados.

Las conclusiones del estudio del plan de empresa y de la viabilidad del proyecto se recogerán en un informe que formará parte del expediente. A aquellos proyectos que no se consideren técnicamente aceptables, no se les otorgará puntuación numérica y serán considerados únicamente como "no aptos".

b) Antigüedad del negocio, hasta 3 puntos.

Entre 42 y 60 meses: 0 puntos.

Entre 12 y 42 meses: 1 puntos.

Entre 0 y 12 meses: 3 puntos.

c) Adecuación académica y experiencia profesional del/los promotores al objeto social y actividad de la empresa, hasta 2 puntos.

Por adecuación académica del/los promotores al objeto social y actividad de la empresa: 1 punto.

Por experiencia profesional del/los promotores al objeto social y actividad de la empresa: 1 punto.

d) Generación de empleo por parte de los promotores, 1 punto por cada socio o promotor de la empresa/proyecto empresarial, hasta un máximo de 5 puntos.

e) Por tratarse de una empresa o proyecto empresarial innovador, hasta 4 puntos.

Por ser una empresa/proyecto de innovación social: 1 punto

Por ser una empresa/proyecto innovador en cuanto al producto: 1 punto

Por ser una empresa/proyecto innovador en cuanto al servicio: 1 punto

Por ser una empresa/proyecto innovador en cuanto al sistema de gestión: 1 punto

f) Por tratarse de una empresa o proyecto de emprendimiento social, hasta 4 puntos.

Por impacto positivo del producto/servicio a nivel social o medioambiental: 2 puntos

Por ser una empresa/proyecto que emplea personas en riesgo de exclusión social: 2 puntos.

g) Proyecto tutorizados o mentorizados en espacios compartidos de la red de viveros de empresas, hasta 6 puntos:

Proyectos atendidos en preincubadoras: 3 puntos.

Proyectos procedentes de espacios de coworking: 3 puntos.

A los efectos de valoración en esta convocatoria, se considerarán personas en riesgo de exclusión social a los pertenecientes a los siguientes colectivos: menores de 35 años, mayores de 55 años, mujeres y personas con diversidad funcional.

2. Sólo serán admitidos aquellos proyectos empresariales que obtengan una puntuación superior a 30 puntos, quedando excluidos los proyectos que no alcancen dicha puntuación mínima.

En caso de empate en la puntuación, la Comisión Técnica de Valoración utilizará como criterio de desempate que el empresario individual solicitante o alguno de los socios solicitantes sean personas con diversidad funcional, con un porcentaje de discapacidad mínimo del 33%. A estos efectos, el solicitante deberá aportar los certificados de discapacidad en un grado igual o superior al 33 por 100 con arreglo al procedimiento establecido en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

En caso de mantenerse el empate, se dará prioridad a las empresas que estén participadas en más del 50% por jóvenes menores de 35 años.

 

UNDÉCIMA.- Resolución del proceso selectivo.

El órgano competente para la concesión o denegación de la condición de beneficiario de los servicios en los despachos de los viveros de empresas será la Dirección General de Comercio y Emprendimiento, quien resolverá, de forma motivada, la concesión o denegación de las autorizaciones, así como de las que entren a formar parte de la bolsa de proyectos empresariales.

Una vez evaluados los proyectos presentados según los baremos recogidos en la cláusula décima de la presente convocatoria, la Comisión Técnica de Valoración elevará al titular de la Dirección General de Comercio y Emprendimiento, propuesta de resolución por la que se aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, en la que se recogerán las valoraciones de los proyectos presentados, el vivero o viveros solicitados y si el proyecto es apto o no apto para el acceso a los despachos.

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