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BOAM nº 7814 (30/12/2016)
Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

2757

Resolución de 9 de diciembre de 2016 de la Directora General de Comercio y Emprendimiento por la que se aprueba la convocatoria para el acceso a los servicios de apoyo al emprendimiento en los despachos de la Red de Viveros de Empresas del Ayuntamiento de Madrid.

Las personas físicas o jurídicas deberán contar con un plan de empresa que permita verificar, conforme a los criterios de valoración establecidos en la Base Décima, la viabilidad económico-financiera de su proyecto empresarial y la creación de empleo.

Las actividades a desarrollar en el vivero por los usuarios de los despachos y de los servicios que se prestan en los mismos, deberán pertenecer al sector servicios, no perjudicar al medio ambiente o entorno local y ser compatibles con las características físicas del vivero y del despacho autorizado, sobre todo en lo relativo al número de personas que ejercerán su actividad en el mismo y a la normativa de prevención de riesgos laborales de aplicación.

 

 

QUINTA.- Viveros que integran la red.

Los viveros de empresa son espacios físicos de titularidad pública municipal dirigidos a la promoción de las iniciativas emprendedoras que combina la utilización de despachos con el asesoramiento en la gestión empresarial y la prestación de unos servicios comunes para cubrir así las necesidades básicas que permitan el establecimiento, despegue y consolidación de nuevas empresas durante los primeros años de su vida, mediante el pago de un precio público aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid (Anexo I).

La red de viveros de empresa del Ayuntamiento de Madrid está integrada por:

1. Vivero de empresas de Carabanchel:

Dirección: C/ Cidro, 3, 28044-Madrid

El vivero de empresas de Carabanchel tiene una superficie de 6.099,07 m2 construidos y cuenta con 31 despachos para emprendedores desde 24,14 m2 hasta 68,49 m2, tres aulas de formación, dos salas de reuniones, preincubadora de empresas y espacios compartidos de negocio, un salón de actos, una sala de descanso, zona de exposiciones, archivo y plazas de aparcamiento.

2. Vivero de empresas de Moratalaz:

Dirección: C/ Camino de los Vinateros, 106, 28030-Madrid.

El vivero de empresas de Moratalaz tiene una superficie de 825,90 m2 construidos y está dotado de 13 talleres/despachos para emprendedores desde 14,91 m2 hasta 22,24 m2, una sala de juntas y una sala polivalente.

3. Vivero de empresas de Puente de Vallecas:

Dirección: C/ Diligencia, 9, 28018-Madrid.

El vivero de empresas de Puente de Vallecas tiene una superficie de 4.000 m2 y cuenta con 23 despachos para emprendedores desde 24,92 m2 hasta 58,06 m2, sala de formación, 2 salas de juntas, área de descanso, salón de actos multiusos, show-room, preincubadora de empresas y espacios compartidos de negocio, zonas comunes y plazas de garaje.

4. Vivero de empresas de San Blas:

Dirección: C/ Alcalá, 586, 28022-Madrid.

El vivero de empresas de San Blas se ha configurado como un espacio de 716,80 m2 construidos que cuenta con 12 despachos para emprendedores desde 15 m2 a 30 m2, sala de juntas, aula multifuncional y office.

5. Vivero de empresas de Vicálvaro:

Dirección: C/ Villablanca, 85, 28032-Madrid.

El vivero de empresas de Vicálvaro tiene una superficie de 2.904,48 m2 construidos y cuenta con 28 despachos de 17,30 m2 a 41,64 m2, zona de asesoramiento, preincubadora y espacios compartidos de negocio, dos salas de reuniones, sala show-room de casi 129 m2, salón de actos y sala de descanso.

6. Vivero de empresas de Villaverde:

Dirección: Avenida Orovilla, 54, 28041-Madrid.

El vivero de empresas de Villaverde cuenta con una superficie de 624 m2 y 12 despachos para emprendedores con una superficie de 20,99 m2 a 21,42 m2, preincubadora, espacios compartidos de negocio, una sala de juntas y una sala de descanso.

 

SEXTA.- Convocatoria.

Al ser limitado el número de despachos de los viveros que integran la red, el régimen de acceso a la utilización de los despachos y a la recepción de los servicios de apoyo al emprendimiento en los viveros de empresa que se convoca en la presente convocatoria será el de concurrencia competitiva, garantizando los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos. La presente convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid) y podrá consultarse en los portales de Internet http://sede.madrid.es y www.madridemprende.es.

 

SÉPTIMA.- Inicio del procedimiento.

1. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Al establecerse un sistema de convocatoria continua, basado en un proceso abierto de valoración, selección y autorización de los proyectos presentados, el plazo para la presentación de solicitudes estará abierto hasta la modificación o revocación de la presente convocatoria.

2. Lugar de presentación.

Las solicitudes deberán presentarse, junto con la documentación requerida, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, las solicitudes se podrán presentar utilizando el Registro Electrónico. En este caso deberá utilizar los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

3. Documentación a presentar.

Los interesados en participar en la presente convocatoria deberán presentar la solicitud que estará a disposición de los interesados en la sede de la Dirección General de Comercio y Emprendimiento, en cualquiera de las sedes de los distintos viveros de empresas, así como en los portales de Internet http://sede.madrid.es y www.madridemprende.es.

La solicitud deberá presentarse debidamente cumplimentada en todos sus apartados y debidamente firmada por la persona con poder suficiente para ello. A dichos efectos, el solicitante deberá indicar en el impreso de solicitud el vivero o los viveros para los que desea ser seleccionado (hasta seis), por orden de preferencia decreciente.

3.1. Las solicitudes presentadas por persona física deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:

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