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BOAM nº 8271 (05/11/2018)
Agencia Tributaria Madrid

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Resolución de 31 de octubre de 2018 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se resuelve el Concurso General de Méritos FG-AT 6/2018, convocado por Resolución de 11 de julio de 2018 de esta Dirección, para la provisión de puestos de trabajo.

Por resolución de 11 de julio de 2018 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 13 de julio de 2018, se convocó el Concurso General de Méritos FG-AT 6/2018 para la provisión de puestos de trabajo.

 

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Valoración del Concurso, constituida al efecto, ha evaluado los méritos alegados por los/las participantes de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en las Bases Generales que habrán de regir la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios/as de carrera en el Ayuntamiento de Madrid, mediante concurso. De acuerdo con las puntuaciones obtenidas por cada participante que figuran en el Anexo I del Acta, la Comisión de Valoración eleva propuesta de resolución del concurso al Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, en aplicación de la Base 10.7 de las Generales.

 

Así y en virtud del artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, aprobados el 22 de diciembre de 2008, por los que se atribuye al Director, entre otras, la dirección y gestión del personal,

 

RESUELVO

 

PRIMERO. Resolver el Concurso General de Méritos FG-AT 6/2018 convocado por resolución del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de fecha 11 de julio de 2018 para la provisión de puestos de trabajo, de acuerdo con la propuesta formulada por la Comisión de Valoración, constituida al efecto.

 

El desarrollo del concurso se ha realizado de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en las Bases Generales que rigen la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios/as de carrera en el Ayuntamiento de Madrid, mediante concurso.

 

SEGUNDO. Adjudicar con carácter definitivo los puestos de trabajo que se detallan en el Anexo I, a los/las funcionarios/as que se indican.

 

TERCERO. La formalización del cese y toma de posesión se realizará conforme a lo establecido en el artículo 13 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid de 22 de diciembre de 2005 y en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

 

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

2. Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el/la demandante o en los de Madrid, a elección de aquel/aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello, sin perjuicio de que los/las interesados/as puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 31 de octubre de 2018.- El Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, José Antonio Díaz de Cerio Villamayor.

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