Saltar navegación

BOAM nº 8480 (12/09/2019)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

1742

Resolución de 6 de septiembre de 2019 de la Directora General de Función Pública de concesión de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial al personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2019.

El Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos para el período 2019-2022 aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 27 de diciembre de 2018 y publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 2 de enero de 2019 regula en el artículo 39 la ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial destinada a compensar, en parte, los gastos ocasionados por su cónyuge, pareja de hecho e hijos o hijas con discapacidad física, intelectual o sensorial igual o superior al 33%, que estén a cargo del personal en activo y jubilado del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

 

 Podrá solicitar esta ayuda el personal a que se refiere el artículo 27.1 y 27.2 de este Acuerdo-Convenio. Excepcionalmente podrán solicitar la ayuda, los y las pensionistas de orfandad del Ayuntamiento de Madrid, cuya pensión no exceda del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples incrementado en un 20%.

 

Por su parte, las bases generales de convocatoria de las ayudas de acción social para 2019 y las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social, fueron aprobadas por Acuerdo de 25 de abril de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid y publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 29 de abril de 2019. Las bases específicas que regulan las ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial establecen los requisitos y condiciones objeto de la ayuda, incompatibilidades específicas, así como la documentación que debe acompañarse y la cuantía a conceder de 140 € mensuales.

 

Examinadas las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial para el año 2019 y la documentación aportada por el personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid que se relaciona en el presente expediente, se comprueba que cumplen los requisitos establecidos para su concesión por el concepto e importe individual que en el mismo se indica.

 

Asimismo se ha comprobado la identidad sustancial de los expedientes individuales de solicitud de Ayuda por lo que, en aplicación del artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su acumulación.

 

Sin perjuicio de la custodia del expediente original en la sede de la Dirección General de Función Pública, calle Bustamante, 16, 28045 Madrid, órgano gestor de Acción Social del Ayuntamiento de Madrid, el personal municipal podrá consultar en la intranet municipal ayre, en la ruta "ayre/Mi área personal/Acción social/Mis ayudas/Solicitar y consultar ayudas/ayudas solicitadas" la información individual de la ayuda solicitada, desde el día de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. El personal jubilado y pensionista recibirá una notificación individual con la resolución de su solicitud de ayuda.

 

El órgano gestor de las ayudas de acción social podrá requerir en cualquier momento a la persona beneficiaria los documentos originales justificativos de las ayudas.

 

El gasto total de ayudas propuestas para su concesión, 11.910,10 € deberá ser imputado al Presupuesto Municipal de Gastos vigente.

 

Mediante Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal se determina la vigencia temporal de la estructura presupuestaria para el ejercicio 2019 hasta su adaptación definitiva y por Resolución de 2 de agosto de 2019 del Director General de Presupuestos se aprueba la adaptación de la estructura presupuestaria para el ejercicio 2019 a la nueva organización administrativa y la distribución de competencias establecida por los Acuerdos de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 27 de junio y de 4, 11 y 31 de julio de 2019, y se establecen criterios para la gestión de determinados créditos.

 

Asimismo, de conformidad con el artículo 12.7 de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2019: "La vinculación jurídica supone el límite máximo de gasto que no puede ser rebasado por encima de los respectivos niveles. No obstante, cuando se realice un gasto que exceda de la consignación de la aplicación presupuestaria, sin superar el nivel de vinculación jurídica, deberá justificarse en la tramitación del expediente de gasto la insuficiencia de la consignación y la necesidad del gasto".

 

Aún no se ha materializado la transferencia de los saldos de crédito y no es posible demorar el pago de las ayudas de acción social que se efectúan junto con el expediente de nómina mensual.

 

Por ello, como las aplicaciones 001057/220101/16204 y 001057/220101/16109 forman parte de una bolsa de vinculación jurídica en la que existe crédito disponible por importe 44.881.443,26 € y, teniendo en cuenta que, como consecuencia de la reorganización administrativa por Decreto de 2 de agosto de 2019 de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal de estructura presupuestaria para 2019, la sección 016 no tiene vigencia a partir de esa fecha, la tramitación ha de realizarse con cargo a la sección 057.

 

Por todo lo expuesto, en ejercicio de las competencias establecidas en los apartados 13.1.1.g) y h) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOCM núm. 168, de 17 de julio de 2019),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Acumular los expedientes individuales de solicitud de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial para el año 2019 dada su identidad sustancial.

 

SEGUNDO.- Conceder la ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial convocatoria 2019 al personal relacionado en el presente expediente, por el importe mensual de 140 € y con los efectos que para cada caso se establecen.

 

TERCERO.- Imputar el gasto derivado de la concesión de las anteriores ayudas por importe total de 11.910,10 euros que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual con imputación a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid vigente en 2019:  

 

 11.083,65 € a la aplicación 001/057/221.01/162.04

 826,45 € a la aplicación 001/057/221.01/161.09.

 

CUARTO.- Publicar en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la intranet municipal ayre la presente resolución.

 

Subir Bajar