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BOAM nº 8550 (27/12/2019)
Área de Gobierno de Vicealcaldía

2466

Decreto de 23 de diciembre de 2019 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, por el que se aprueba la resolución de la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la financiación de proyectos sociales y culturales a desarrollar en el territorio de la Cañada Real, dentro del término municipal de Madrid, en la anualidad 2019.

En virtud de las atribuciones que tengo conferidas por el apartado 3.º, punto 1.9 del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, modificado por Acuerdo de 5 de septiembre de 2019,

 

DISPONGO

 

Primero.- Aprobar la concesión de subvenciones, para las entidades y por los importes que figuran en el anexo I, de la Convocatoria pública de subvenciones dirigida a las entidades ciudadanas sin ánimo de lucro, para la financiación de proyectos sociales y culturales a desarrollar en el territorio de la Cañada Real, dentro del término municipal de Madrid, en la anualidad 2019, aprobada por Decreto de 24 de abril de 2019, con cargo a la aplicación 001/021/922.08/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro" del presupuesto municipal vigente.

 

Segundo.- Desestimar las solicitudes de subvenciones de las entidades que figuran en el anexo II, por las causas que se indican en el mismo.

 

Tercero.- Disponer la publicación de este decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

 

Cuarto.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 45, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 23 de diciembre de 2019.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Begoña Villacís Sánchez.

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