BOAM nº 8637 (12/05/2020)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
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Resolución de 4 de mayo de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decreto de la titular del Área, de fecha 29 de abril de 2020, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de los clubes deportivos de la ciudad de Madrid con equipos en ligas nacionales no profesionales durante la temporada deportiva 2018-2019 y las correspondientes bases.Una vez aprobadas las bases por las que ha de regirse la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de los clubes deportivos de la ciudad de Madrid con equipos en ligas nacionales no profesionales durante la temporada deportiva 2018-2019, y en virtud de las competencias delegadas, por Acuerdo de Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, publicado en el BOCM el 22 de julio de 2019 y de conformidad con el artículo diez de la correspondiente convocatoria, y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, resuelvo:
Ordenar la publicación oficial del Decreto de la Titular de Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de fecha 29 de abril de 2020 y las correspondientes bases, con el siguiente contenido:
"De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 n) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid y en virtud de las competencias delegadas, por Acuerdo de Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid por Acuerdo de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, publicado en el BOCM el 22 de julio de 2019,
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de los clubes deportivos de la ciudad de Madrid con equipos en ligas nacionales no profesionales durante la temporada deportiva 2018-2019, aprobando las correspondientes bases.
CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LOS CLUBES DEPORTIVOS DE LA CIUDAD DE MADRID CON EQUIPOS EN LIGAS NACIONALES NO PROFESIONALES PARA LA TEMPORADA DEPORTIVA 2018/2019.
Disposiciones generales
ARTÍCULO 1.- Objeto.
El objeto de la presente subvención es el apoyo a los clubes deportivos de la ciudad de Madrid por su participación en las competiciones oficiales de equipo de ámbito nacional, de carácter no profesional, de categoría absoluta durante la temporada 2018-2019.
ARTÍCULO 2.- Período subvencionable.
La presente convocatoria ampara las subvenciones que puedan ser obtenidas por las entidades beneficiarias por su participación en las competiciones oficiales de equipo de ámbito nacional, de carácter no profesional, de categoría absoluta, durante la temporada 2018-2019 (1 de septiembre de 2018 a 31 de agosto 2019).
ARTÍCULO 3.- Características específicas de la convocatoria.
Las bases que rigen esta convocatoria se regulan en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobadas por Acuerdo de 30 de octubre de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y sus modificaciones posteriores.
Esta convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, se dirige a clubes deportivos, cuyo domicilio social se ubique en el municipio de Madrid, para su participación en competiciones oficiales de equipo de ámbito nacional, de carácter no profesional, de categoría absoluta durante la temporada 2018/2019.
ARTÍCULO 4.- Entidades beneficiarias y requisitos de los solicitantes.
Podrán solicitar la subvención los clubes deportivos, agrupaciones deportivas y secciones de acción deportiva regulados en el Capítulo II del Título IV de la Ley 15/94, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, y por Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid, que cumplan los siguientes requisitos:
- Encontrarse legalmente inscritos y reconocidos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
- Tener su domicilio social en el término municipal de Madrid.
- Haber participado, durante la temporada deportiva 2018-2019, en competiciones oficiales de equipo de ámbito nacional, de carácter no profesional, de categoría absoluta, en alguna de las tres máximas categorías de las ligas nacionales y en los casos en los que no exista liga regular, en los Campeonatos de España de modalidades olímpicas en los que se compita por equipos.
A los efectos de esta convocatoria:
Se consideran ligas regulares aquellas competiciones oficiales que no se realizan por concentración, sino en varias jornadas separadas en el tiempo, y en la que existan más de dos competiciones con un sistema de ascenso y descenso entre ellas.
Se consideran competiciones con sistema de competición por concentración aquellas que se llevan a cabo durante varios días consecutivos
Se consideran competiciones por equipo aquellas en las que existe cooperación entre dos o más deportistas, en los que haya un enfrentamiento directo contra otro equipo con el fin de alcanzar unos objetivos comunes
Se considera competiciones individuales aquellas en las que el deportista realiza una actividad él solo.
No podrán ser beneficiarias las entidades anteriores en las que concurra alguna de las circunstancias que se determinan en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Serán obligaciones de las entidades beneficiarias, las establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
ARTÍCULO 5.- Importe.
El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 1.050.000 euros, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 2020/001/131/341.02/489.01.
Los fondos serán concedidos según la valoración de las propuestas, si bien la convocatoria no obliga al Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte al gasto íntegro del presupuesto máximo señalado.
La cuantía económica de la subvención, que consistirá en un importe cierto a recibir por cada entidad, se obtendrá de multiplicar la puntuación obtenida por el valor económico del punto.
El valor económico del punto se obtendrá de dividir la cantidad presupuestada para la convocatoria (1.050.000,00 €), entre la suma de todos los puntos obtenidos por los posibles beneficiarios.
ARTÍCULO 6.- Gastos subvencionables.
La ayuda concedida será destinada a los gastos del equipo correspondiente realizados entre el 1 de septiembre de 2018 y el 31 de agosto de 2019. Serán subvencionables los siguientes gastos, siempre que estén directamente vinculados con el equipo para el que se solicita la subvención: