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BOAM nº 9152 (06/06/2022)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

1696

Decreto de 25 de mayo de 2022 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se resuelve la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la micromovilidad en la ciudad de Madrid (Cambia 360) de la anualidad de 2021.

En cumplimiento del artículo 14 de la Convocatoria, se declarará la pérdida del derecho al cobro de los beneficiarios que no hayan cumplido con su obligación de justificación.

 

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.5 de la LGS, no podrá realizarse el pago de la subvención en tanto los beneficiarios no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sean deudores por resolución de procedencia de reintegro.

 

CUARTO.- El presente decreto se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Los Anexos I y II, referidos en este decreto se publicarán íntegramente en el BOAM y en la página web municipal www.madrid.es.

 

QUINTO.- De conformidad con los artículos 18 y 20 de la LGS y a efectos de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Ayuntamiento de Madrid remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información pertinente relativa a las subvenciones adjudicadas.

 

Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. El cómputo de ambos plazos será desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto en el BOAM, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la LPAC, así como por el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime procedente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 de la LPAC.

 

Madrid, a 25 de mayo de 2022.- El Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.

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