Saltar navegación

BOAM nº 9659 (24/06/2024)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

2164

Propuesta de Resolución definitiva de 14 de junio de 2024 del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de la convocatoria pública de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización de la anualidad de 2023, aprobada por Decreto de 9 de marzo de 2023 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

De este modo se propone conceder 53 subvenciones, que se desglosan por ámbitos de la siguiente forma:

 

• «Calderas de gasóleo»: 37 beneficiarios.

• «Terrazas sin emisiones»: 0 beneficiarios.

• «Calefacción y ACS sin emisiones»: 16 beneficiarios.

 

Ámbito

Subvenciones (euros)

Calderas de gasóleo

1.262.131,70

Terrazas sin emisiones

0

Calefacción y ACS sin emisiones

54.044,21

TOTAL

1.316.175,91

 

En consecuencia, se han de denegar, por desistimiento o desestimación, un total de 10 solicitudes, que se desglosan por ámbitos de la siguiente forma:

 

• «Calderas de gasóleo»: 2 solicitudes.

• «Calderas de gas atmosféricas»: 1 solicitudes.

• «Calefacción y ACS sin emisiones»: 7 solicitudes.

 

En conclusión, de la información que obra en poder de esta Dirección General se hace constar que:

• La tramitación de la convocatoria se ha adecuado a la normativa aplicable.

• Los beneficiarios que se incluyen en la propuesta para la resolución de la convocatoria:

 

- Cumplen con los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones.

 

- Han acreditado hallarse al corriente de obligaciones tributarias con la AEAT y Ayuntamiento de Madrid, y de sus obligaciones con la Seguridad Social.

 

- Los beneficiarios no tienen deudas en ejecutiva por reintegro de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos autónomos.

 

- Los beneficiarios no tienen pendientes de justificación fuera de plazo otras subvenciones otorgadas anteriormente por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.

 

En virtud de lo anteriormente indicado, y de conformidad con el artículo 27 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013, y el apartado 14.1 de la Convocatoria, que establece que el órgano instructor de esta línea de ayudas es la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Proponer la relación definitiva de beneficiarios de la convocatoria de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización correspondientes al ejercicio 2023, aprobada por Decreto de 9 de marzo de 2023, del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, y los importes de las ayudas para cada uno de los ámbitos incluidos en la misma.

 

Dicha relación se incorpora como Anexo I a la presente propuesta, para cada uno de los ámbitos en que se estructura la Convocatoria.

 

• «Calderas de gasóleo»: Anexo I.I

• «Calefacción y ACS sin emisiones»: Anexo I.II

 

SEGUNDO.- Proponer la desestimación del resto de solicitudes o la no concesión por desistimiento, renuncia a su derecho o imposibilidad material sobrevenida. que se relacionan en el Anexo II, por los motivos especificados, al no reunir las condiciones y requisitos exigidos en la Convocatoria.

 

TERCERO.- Se considerará que los solicitantes incluidos en las relaciones de beneficiarios a los que se propone conceder las subvenciones aceptan dicha subvención si no manifiestan su voluntad de renunciar a la subvención en un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

En virtud de lo anteriormente indicado, y de conformidad con el artículo 27 de la OBRGS y el artículo 14.1 de la Convocatoria que establece que el órgano instructor de esta línea de ayudas es la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental, la renuncia a la concesión de la subvención deberá dirigirse a esta Dirección General, estando obligados a presentarlas por medios electrónicos todos aquellos interesados que sean personas jurídicas, así como quienes las representen, tal y como se establece en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ya sea a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid, haciendo uso de Instancia General dirigida a ese organismo (https://madrid.es/go/InstanciaGeneralNormalizada) o de los registros electrónicos de otras administraciones públicas.

 

CUARTO.- La presente propuesta de resolución no genera derecho alguno a favor de los beneficiarios hasta tanto no se haya notificado la resolución de concesión.

 

Madrid, a 14 de junio de 2024.- El Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental, José Amador Fernández Viejo.

Subir Bajar