Saltar navegación

BOAM nº 8934 (20/07/2021)
Distrito de Latina

1944

Decreto de 14 de junio de 2021 del Concejal Presidente del Distrito de Latina por el que se aprueban las bases que regulan el XXXII Certamen de Belenes curso escolar 2021/2022 del Distrito de Latina.

5.3. Plazo de presentación: las solicitudes de participación podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y hasta el día 15 de noviembre de 2021, incluido.

5.4. Los centros escolares solo podrán presentar una instancia.

5.5. En el impreso de solicitud, en el apartado relativo a los datos del centro, deberá constar la denominación completa que coincida con la razón social del centro de que se trate. En la casilla relativa a nombre deberá figurar el que reciba el centro escolar. En el caso de que no existiere coincidencia entre la razón social y el nombre del centro, se acompañará la documentación justificativa suficiente que permita conocer su vinculación.

5.6. En el modelo de solicitud deberá añadirse el número total de alumnos y alumnas que han participado en la elaboración del belén, y el curso escolar al que pertenecen.

5.7. Si la solicitud de inscripción no reuniera alguno de los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos indicados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la LPAC.

 

6. Desarrollo del certamen y criterios de valoración.

 

6.1. Durante la primera quincena del mes de diciembre de 2021, los belenes que se presenten a concurso se montarán y se valorarán en la sala de exposiciones del auditorio Paco de Lucía del Distrito de Latina, avenida de las Águilas, 2.

6.2. El jurado del XXXII Certamen de Belenes curso escolar 2021/2022 será el encargado de valorar los trabajos realizados, y de proponer las menciones especiales y a los centros participantes como premiados con el primer, segundo y tercer premio.

6.3. En la valoración de los belenes el jurado tendrá en cuenta los siguientes aspectos: grado de colaboración de la comunidad educativa del centro en el proyecto (profesorado, alumnado, familias, personal no docente, etc.); confección o naturaleza de las diferentes figuras y elementos, el uso de materiales de reciclaje; visión armónica de la obra.

6.4. Los centros participantes propuestos como premiados se darán a conocer en el acto público que se celebrará el día 20 de diciembre de 2021 a las diez horas, en el auditorio Paco de Lucía del Distrito de Latina, avenida de las Águilas, 2.

6.5. Los belenes quedarán expuestos al público en la sala de exposiciones del auditorio Paco de Lucía hasta la segunda semana del mes de enero de 2022, que se devolverán a los centros escolares.

6.6. Para el traslado de los belenes los centros escolares contarán con la ayuda del Distrito de Latina.

6.7. El Distrito de Latina organizará el transporte del alumnado y de los representantes de los centros educativos participantes al acto de entrega de premios del certamen. El número de asistentes por centro escolar al acto público que se celebre en el auditorio Paco de Lucía quedará condicionado al aforo de la sala.

6.8. Las fechas indicadas para la ejecución de las diferentes fases que integran el certamen tienen carácter orientativo, pudiendo estar sometidas a posibles modificaciones, en función de las necesidades organizativas que se planteen. En todo caso, las mismas serán debidamente comunicadas a todos los centros participantes.

6.9. El desarrollo del certamen queda condicionado a la evolución de la pandemia del Covid-19, así como a la normativa que al respecto pudiera dictarse antes o durante la realización del mismo, pudiendo adaptarse todas las actuaciones a las nuevas circunstancias, e incluso suspenderse si la situación sanitaria así lo requiriese.

6.10. En todo caso, y de conformidad con la normativa en vigor, se podrá valorar la suspensión del certamen en los supuestos en los que no pudiera asegurarse el desarrollo de las actividades con las garantías de seguridad y salud adecuadas para todas las personas que participen en las mismas, o que impidiera a los centros educativos cumplir con los requisitos del certamen, como en el caso en el que no fuera posible ampliar los plazos de inscripción o de presentación de los trabajos, al estar sujetos estos trámites al calendario escolar y a su realización anterior al inicio del periodo vacacional navideño.

 

7. Composición del jurado para la fase final.

 

El jurado del XXXII Certamen de Belenes curso escolar 2021/2022 estará formado por:

Presidencia: El Concejal Presidente del Distrito de Latina, o persona que le sustituya.

Vocales:

El Jefe de Servicio de Servicios a la Ciudadanía, o persona que la sustituya.

Una persona de la Sección de Educación del Distrito de Latina, o persona que la sustituya.

Una persona de cada uno de los grupos políticos con representación en la Junta Municipal del Distrito de Latina.

Una persona experta en belenes.

Secretaría: la Jefa de la Sección de Educación Distrito de Latina, o persona que la sustituya.

 

8. Premios y menciones. Procedimiento para la concesión de los premios.

 

8.1. Se establecen los siguientes premios para los centros educativos ganadores:

Primer premio:

600,00 euros y placa conmemorativa.

Segundo premio:

400,00 euros y placa conmemorativa.

Tercer premio:

200,00 euros y placa conmemorativa.

8.2. Se podrá conceder hasta 4 menciones especiales de 100,00 euros cada una, a los belenes que, a criterio del jurado, destaquen por la complejidad del montaje, superación de dificultades, esfuerzo y dedicación, originalidad y creatividad.

8.3. El jurado podrá declarar desierto algún premio.

 

9. Instrucción, resolución y notificación del procedimiento.

 

Es competente para el impulso y la instrucción del procedimiento la Coordinación del Distrito de Latina.

El jurado, tras la evaluación de las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios fijados en la convocatoria, emitirá acta en la que se concretará el resultado del certamen, a los efectos de que el órgano instructor efectúe la propuesta de resolución definitiva a la vista del acta y demás documentos que conforman el expediente.

Subir Bajar