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BOAM nº 9137 (13/05/2022)
Distrito de Moratalaz

1439

Decreto de 9 de mayo de 2022 de la Concejal Presidente del Distrito de Moratalaz por el que se hacen públicas las bases reguladoras del “XXIII Certamen de Pintura Rápida” correspondiente al año 2022 del Distrito de Moratalaz.

BASES DEL XXIII CERTÁMEN DE PINTURA RÁPIDA DEL DISTRITO DE MORATALAZ 2022

 

1. Objetivo y finalidad del certamen.

 

El Certamen de Pintura Rápida de Moratalaz fue creado con el propósito de promover e incentivar la creación artística y los valores, ofreciendo a toda la ciudadanía la posibilidad de acercarse al arte de la pintura.

 

2. Régimen Jurídico aplicable.

 

A la presente convocatoria y a los premios que se otorguen le será de aplicación lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia) de 30 de octubre de 2013, modificada por Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017.

 

 En su defecto, se regulará por lo dispuesto en la presente Ordenanza, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de esta, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable.

 

 Asímismo, les es de aplicación la Instrucción 2/2015 que establece los criterios y los procedimientos para la evaluación de subvenciones y pago por resultados en el Ayuntamiento de Madrid aprobada por Decreto de 12 de marzo de 2015 de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública.

 

3. Destinatarios.

 

Se establecen tres categorías:

 

1.ª Categoría infantil: Hasta 11 años cumplidos.

2.ª Categoría juvenil: Desde 12 años a 17 años cumplidos.

3.ª Categoría adultos: A partir de 18 años.

 

Podrán presentarse a la categoría de adultos todos los artistas de nacionalidad española y extranjera, residentes en España mayores de 18 años. Los participantes deberán tener cumplida la edad exigida en la fecha de celebración del certamen. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no podrán concurrir las personas incursas en alguna de las causas enumeradas en la citada disposición.

 

Los participantes en la categoría de adultos deberán acreditar mediante la presentación de la solicitud de inscripción, que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases reguladores Generales para concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Públicos.

 

- En caso de no autorizar la consulta será necesario aportar la documentación.

 

4. Inscripción, documentación y plazo de presentación.

 

4.1.

a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento, https://sede.madrid.es. En este caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

 

 b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid. Obligatoriedad de solicitar cita previa para el trámite de registro a través del teléfono 010 , a través el enlace de cita previa, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

 c) Presencialmente en el centro sociocultural Eduardo Chillida, situado en la calle Arroyo Belincoso, n.º 9, el mismo día 18 de junio de 2022 en horario de 9:00 a 10:00 horas.

 

El modelo de solicitud está disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) e incluirá datos personales de la persona participante.

 

- Datos del representante (en su caso).

- Declaraciones responsables en la categoría de adulos de:

- No incurrir en ninguna de las prohibiciones de subvenciones que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

- Encontrarse al corriente con el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones.

- Veracidad de todos los datos obrantes en la solicitud.

 

Documentación para aportar:

 

- Autorización del padre madre o tutor o persona responsable (Anexo I).

 

4.2.- Permisos para recibir comunicaciones y utilizar el correo electrónico como medio de comunicación preferente.

 

4.3.- Autorizaciones para consulta de datos tributarios.

 

El mero hecho de participar en el Certamen supone la plena aceptación de la totalidad de las presentes bases.

 

El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el 18 de junio.

 

 Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos indicados, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 68.1 de la LPAC.

 

5. Composición del jurado.

 

El jurado, que valorará las obras será nombrado y presidido por la Concejal Presidente del Distrito de Moratalaz o persona en quien delegue que tendrá voto de calidad; además estará formado por un vocal con probada cualificación y especialización en el mundo cultural y artístico, un vocal de cada uno de los grupos políticos que se integran en la Junta Municipal que deseen participar y un secretario, que será un funcionario de la citada Junta de Distrito, con voz y sin voto.

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