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BOAM nº 9137 (13/05/2022)
Distrito de Moratalaz

1439

Decreto de 9 de mayo de 2022 de la Concejal Presidente del Distrito de Moratalaz por el que se hacen públicas las bases reguladoras del “XXIII Certamen de Pintura Rápida” correspondiente al año 2022 del Distrito de Moratalaz.

 

8.5.- El Distrito de Moratalaz no gestionará, ni aun a instancia y por cuenta de los participantes, la devolución de las obras a domicilio, por correo o a través de agencias de transportes.

 

8.6.- La Junta de Distrito de Moratalaz declina expresamente cualquier responsabilidad por pérdida de las pinturas que concurran a este certamen, derivada de robo, incendio, extravío u otra causa de fuerza mayor, así como por los daños que puedan sufrir, tanto en los actos de recepción, exposición y devolución como durante el tiempo que estén bajo su custodia, y no subscribirá póliza de seguro que cubra tales riesgos.

 

8.7.- Tras la celebración del certamen el mismo sábado 18 de junio a partir de las 18:00, se hará público el fallo del jurado, en acto público coincidiendo con las fiestas del distrito.

 

9. Instrucción y resolución del procedimiento.

 

El órgano competente para la instrucción será el Coordinador del Distrito y el competente para la resolución del procedimiento de concesión de los premios a cargo del Distrito de Moratalaz, la Concejal-Presidente del Distrito.

 

El jurado consignará en acta el resultado de la valoración de conformidad con los criterios de la presente convocatoria y los remitirá al órgano instructor, que elevará la propuesta de concesión del premio a la Concejal-Presidente del Distrito.

 

Se prescinde del trámite de audiencia en la propuesta de resolución al no figurar en elprocedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones que las aducidas por los aspirantes.

 

El plazo para resolver y notificar la concesión de premio será inferior a 6 meses, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 25.4 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

La resolución por la que se conceden los premios a cargo del distrito pone fin a la víaadministrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse, o bien el recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución ante la Concejal-Presidente del Distrito de Moratalaz, o bien directamente el recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, contadosdesde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución.

  

10. Aceptación.

 

La participación en el Certamen supone la aceptación de la totalidad de las bases, las obras que resulten ganadoras en cada una de las categorías quedarán en posesión de la Junta de Distrito de Moratalaz, incluidos derechos de reproducción y exhibición, pudiendo utilizarse cualquiera de ellas en la publicidad de actividades de la Junta Municipal de Moratalaz que estime oportuna.

 

 Los datos registrados por los participantes serán recogidos y tratados conforme a la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

 

11. Publicación.

 

La presente convocatoria se publicará en la BDNS y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) y en su sede electrónica (https://sede.madrid.es), sin perjuicio de la publicidad que, a través de los medios de comunicación y otras fórmulas, se realice por el distrito para una mayor difusión del certamen.

 

Madrid, a 9 de mayo de 2022.- La Concejal Presidente del Distrito de Moratalaz, Almudena Maíllo del Valle.

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