BOAM nº 8410 (04/06/2019)
Distrito de Arganzuela
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Decreto de 24 de mayo de 2019 de la Concejala Presidenta del Distrito de Arganzuela por el que se aprueba la convocatoria de gestión de la instalación deportiva básica “Puente de la Princesa” y sus bases reguladoras.ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- La ciudad de Madrid dispone de un gran número de instalaciones deportivas básicas con cerramiento, de diferentes tipologías. La gestión de estas instalaciones, se ha venido desarrollando en la ciudad de Madrid mediante diversas modalidades.
En el Ayuntamiento de Madrid, el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana de 31 de mayo de 2004, dedica el capítulo II del título III al fomento del asociacionismo, estableciendo en su artículo 35 que el Ayuntamiento debe fomentar y apoyar el asociacionismo y el voluntariado, utilizando para ello diversos medios jurídicos y económicos, a través de ayudas, subvenciones, convenios y cualquier otra fórmula de colaboración que resulte adecuada para esta finalidad.
En esta línea, dado el carácter transversal de los principios que enmarcan el concepto de deporte, ligados a hábitos de vida saludables, al medio ambiente sano, a la movilidad sostenible y al ámbito educativo que deben ser impulsados en sus diversas facetas, el Ayuntamiento de Madrid se ha orientado para tener en cuenta la iniciativa ciudadana y conectar con la misma impulsando el potencial que supone en aras de fomentar la igualdad y la no discriminación en el contexto de una sociedad democrática y pluralista.
Es por ello que, con el objetivo de proporcionar progresivamente esta nueva orientación a la gestión de estas instalaciones, se ha trabajado en un modelo basado en el fomento y colaboración con las entidades sin ánimo de lucro, con el objetivo de aprobar una normativa que permitiera, entre otros aspectos, definir nuevos mecanismos para necesidades detectadas y no suficientemente cubiertas por el sector público, como la que nos ocupa y para las que las iniciativas sociales serán clave en cuanto dan respuesta a nuevas actividades que responden a los retos y requerimientos de las sociedades actuales.
Segundo.- Por Acuerdo de 30 de mayo de 2018 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid se aprobó la Ordenanza de Cooperación Público-Social (OCPS), que se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 13/06/2018, entrando en vigor el día 14 de junio de 2018.
La ordenanza cumple el objetivo (artículo 1) de regular la cooperación público-social en la Ciudad de Madrid, entendida como las distintas formas de colaboración entre la ciudadanía y entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro y el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos para el desarrollo de actividades de interés común para ambos, que conlleven la generación de un beneficio general.
En esa senda el Ayuntamiento de Madrid promoverá la cooperación público-social para el desarrollo de actividades de interés general, distintas de la prestación de servicios públicos, que dentro de sus competencias, redunden en el beneficio general o común. Entre los ámbitos que abarcan estas actividades se encuentra la promoción del deporte para el desarrollo de los valores personales y sociales y de la ocupación del tiempo libre, como instrumentos para la cohesión social y el desarrollo comunitario y reequilibrio territorial del distrito a través de la dinamización e integración social y el fomento de valores cívico-sociales.
Todas aquellas acciones que vayan encaminadas a establecer procesos de cooperación público-social habrán de prever que estos se desarrollen permitiendo la máxima participación y concurrencia de toda la ciudadanía y de las entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro que así lo deseen. Con carácter general, la selección de proyectos se realizará a través de la convocatoria de un proceso de pública concurrencia (artículos 5.b) y 19.2 OCPS).
Tercero.- La ordenanza determina un procedimiento de selección de propuestas para este tipo de procesos de cooperación público social en su artículo 19. Más concretamente, en el apartado 5 del citado artículo, para los espacios públicos deportivos de proximidad donde, cuando se trate de gestión o co-gestión, se requerirá la aprobación, con carácter previo, por el Ayuntamiento de Madrid de un modelo de bases que contendrá los criterios específicos, acordes con el sector deportivo, sobre el régimen jurídico, económico, ámbito objetivo, entidades destinatarias, condiciones para el desarrollo de las actividades deportivas, plazo, procedimiento de selección y criterios para la valoración de las propuestas.
Dichas bases han sido aprobadas por Acuerdo de 19 de julio de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid con la denominación de: bases reguladoras de la gestión y co-gestión de espacios públicos deportivos de proximidad para el desarrollo de proyectos de cooperación público-social.
Cuarto.- La instalación deportiva básica "Puente de la Princesa", adscrita al Distrito de Arganzuela mediante Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda y Administración Pública de 9 de diciembre de 2011, situada junto al cauce del río Manzanares, ha venido siendo utilizada para la práctica del deporte de remo, siendo en la actualidad titular de una autorización de uso de próximo vencimiento la Federación Madrileña de Remo. La instalación dispone de un embarcadero y de almacén para piraguas y zodiacs que permite su utilización en este sentido.
La aprobación y puesta en marcha del Plan de Renaturalización del Río Manzanares por el Ayuntamiento de Madrid ha supuesto el retorno del curso natural del río, así como de la flora y la fauna propias, recuperando su valor ecológico así como numerosas especies que habían desaparecido prácticamente de determinados tramos del cauce.
La incompatibilidad del embalsamiento de agua en el cauce del río, a su paso por la ciudad, con el Plan de Renaturalización, que prevé la apertura permanente de las compuertas de las presas en el entorno urbano, para que el río recupere progresivamente parte de su hidrodinámica original, ha supuesto la imposibilidad de la práctica del deporte del remo. Ello conlleva abrir la instalación a otros fines demandados por la ciudadanía.
En tal sentido, la situación de la instalación en el parque de Madrid Río, y la utilización de este parque por numerosas personas que practican el deporte; la proximidad del carril-bici de Madrid Río, de 8 kilómetros de recorrido, que pasa a escasa distancia de la instalación y es utilizado diariamente por miles de madrileños, la reciente apertura del nuevo carril-bici del paseo de la Chopera y paseo de Yeserías, la necesidad de fomentar el uso de la bicicleta así como la sensibilización de la ciudadanía en el respeto y la convivencia con este medio de movilidad sostenible, a la par que instrumento deportivo y saludable, nos lleva a la consideración de promover la instalación de estas finalidades.