BOAM nº 9036 (16/12/2021)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
3387
Resolución de 10 de diciembre de 2021 de la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se establece para el año 2022 el régimen ordinario de descansos en días festivos de lunes a viernes, el correspondiente a los sábados y los domingos, y los turnos de descanso durante el período estival.Considerando criterios de equidad y de distribución equitativa de los descansos entre las licencias de autotaxis, se trasladó a las asociaciones representativas del sector una propuesta para establecer el régimen ordinario de descansos en días festivos de lunes a viernes durante el año 2022 siguiendo la regla general, que consiste en que descansen las licencias pares los festivos impares y viceversa. Esta solución ofrece más equidad en la distribución de la carga de trabajo y descansos.
Considerando las apreciaciones realizadas por las asociaciones representativas del sector, con el siguiente peso en la composición del Comité Madrileño de Transporte por Carretera, Sección de Transporte Público de Viajeros en Vehículos de Turismo, en la que participa el Sector del Taxi:
- Federación Profesional del Taxi: 41,30%.
- Asociación Gremial de Autotaxi: 37,17%.
- Asociación Élite Taxi Madrid: 13,27%.
- Asociación Madrileña del Taxi: 8,26%.
Considerando la conveniencia de establecer un refuerzo que incida especialmente en el mantenimiento de la continuidad del servicio durante los cambios de los turnos de descanso de las licencias.
Considerando que el Ayuntamiento de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, debe velar por que la prestación del servicio de taxi quede garantizada, sea de calidad y ofrezca la necesaria cobertura, para lo cual tiene atribuidas legalmente las competencias de ordenación y gestión contempladas en el artículo 4.1 de la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid.
Considerando las atribuciones conferidas atribuidas al Ayuntamiento de Madrid en por el punto 13º, apartado 1.2 b), del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, (BOCM de 22 de julio) modificado por el Acuerdo de 4 de noviembre de 2021,
RESUELVO
PRIMERO.- Establecer para el año 2022 el régimen ordinario de descansos en días festivos de lunes a viernes, el correspondiente a los sábados y los domingos y los turnos de descanso durante el período estival, todo ello en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 37.2 de la Ordenanza Reguladora del Taxi, aprobada en el Pleno del Ayuntamiento de 28 de noviembre de 2012.
SEGUNDO.- La presente resolución surtirá efectos desde la fecha en que se firme, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, y en la página web municipal (www.madrid.es).
TERCERO.- Contra la presente resolución podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
II. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, conforme a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente.
Madrid, a 10 de diciembre de 2021.- La Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, Marta Alonso Anchuelo.