BOAM nº 8887 (14/05/2021)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal
1182
Resolución de 12 de mayo de 2021 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal por la que se rectifica la Resolución de 5 de mayo de 2021 por la que se designan los miembros de la comisión de valoración correspondiente al Concurso General de Méritos FG-5/2021, para la provisión de puestos en varias áreas de gobierno y diversos distritos.Advertido error material en la Resolución 5 de mayo de 2021 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal por la que se designan los miembros de la comisión de valoración del Concurso General de Méritos FG-5/2021, para la provisión de puestos en varias áreas de gobierno y diversos distritos (BOAM 10 de mayo de 2021), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en uso de las competencias previstas en el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, publicadas en el BOCM núm. 168, de 17 de julio de 2019,
RESUELVO
Rectificar el error material advertido en la Resolución de 5 de mayo de 2021 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal, por la que se designan los miembros de la comisión de valoración del Concurso General de Méritos FG-5/2021, para la provisión de puestos en varias áreas de gobierno y diversos distritos, en el siguiente sentido:
Vocales:
Suplentes:
Donde dice: "D.ª Estrella García Adrados".
Debe decir: "D.ª Estrella Adrados García".
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Costes y Gestión de Personal del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).
II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2ª, 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la LPAC).
Madrid, a 12 de mayo de 2021.- La Directora General de Costes y Gestión de Personal, Silvia Rojo López de la Osa.