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BOAM nº 8878 (30/04/2021)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

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Resolución de 28 de abril de 2021 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por la que se rectifican errores advertidos en la publicación del Decreto de 2 de marzo de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a la promoción y desarrollo de la economía social para las anualidades 2021 y 2022.

Se ha advertido un error en la publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 8.867, de 15 de abril de 2021, en relación con los anexos 1, 2 y 3 de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a la promoción y desarrollo de la economía social para las anualidades 2021 y 2022, aprobada por Decreto de 2 de marzo de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, por lo que procede realizar la oportuna rectificación, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

 

En consecuencia, en virtud de la atribución para ordenar la publicación de disposiciones y resoluciones administrativas correspondientes al ámbito material de competencias del Área de Gobierno y del Área Delegada, con arreglo al apartado 5.º, punto 11.5, del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Rectificar el error detectado en los anexos 1, 2 y 3 de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a la promoción y desarrollo de la economía social para las anualidades 2021 y 2022, aprobada por Decreto de 2 de marzo de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, incorporando los anexos correctos a la convocatoria.

 

SEGUNDO.- Esta rectificación no afecta a los modelos disponibles en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid ni conculca los principios generales de igualdad, publicidad, transparencia, objetividad, eficacia, eficiencia y participación recogidos en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, requisitos necesarios para proceder a al otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y condición sine qua non para que los solicitantes obtengan la condición de beneficiario, por lo que no procede acordar un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

 

TERCERO.- La presente resolución surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Madrid, a 28 de abril de 2021. -El Secretario General Técnico del Área de Economía, Innovación y Empleo, Javier Machetti Bermejo.

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