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BOAM nº 8883 (10/05/2021)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

1104

Decreto de 6 de mayo de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de Entidad Colaboradora encargada de la gestión de las ayudas del Plan Cambia 360 destinadas a la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización correspondientes a las anualidades 2021, 2022 y 2023.

En su virtud, de conformidad con la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, y en el ejercicio de las competencias conferidas por el Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, (BOCM de 22 de julio de 2019),

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Convocar el procedimiento de concurrencia para la selección de la Entidad Colaboradora encargada de la gestión de las ayudas destinadas a la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización (CAMBIA 360) correspondiente a las anualidades 2021, 2022 y 2023, que figura como Anexo I a este decreto, y de acuerdo con los términos incluidos en el modelo de convenio que se adjunta como Anexo II.

 

 

SEGUNDO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y así como por el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

 

TERCERO.- El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su publicación en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es).

 

Los Anexos I (Convocatoria) y II (Convenio de colaboración), a los que se hace mención en el presente decreto, se publicarán íntegros en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" y en la web municipal (www.madrid.es).

 

Madrid, a 6 de mayo de 2021.- El Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.

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