BOAM nº 8689 (22/07/2020)
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social
1209
Decreto de 10 de julio de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2020 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones en Igualdad, Diversidad y Prevención y Atención frente a la Violencia de Género en el municipio de Madrid.En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (en adelante, OBRS), modificada por Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RGS), Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres (Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres), Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de fecha 13 de septiembre de 2018, por el que se aprueban las directrices para la aplicación de la transversalidad de género en el Ayuntamiento de Madrid y, en virtud de lo establecido en el Acuerdo de 13 de febrero de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones, con arreglo a las siguientes especificaciones.
ARTÍCULO 1. Objeto y ámbito de la convocatoria.
1. El Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social a través de la Dirección General de Conciliación y Cooperación Institucional para la Igualdad de Oportunidades y de la Dirección General de Prevención y Atención frente a la Violencia de Género, dentro de los créditos consignados en el presupuesto vigente, convoca la concesión de subvenciones a favor de entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de estas dos Direcciones Generales.
La finalidad de estas subvenciones es fomentar y promover el desarrollo de proyectos que coadyuven o complementen las competencias y actividades municipales según las prioridades incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad 2018-2020.
2. Cada entidad solicitante podrá únicamente presentar un proyecto a la presente convocatoria. En el caso de presentar más de uno, se entenderá que la entidad opta por mantener el último de los presentados que haya tenido entrada en el registro y renuncia al resto.
3. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar las entidades subvencionadas o sean necesarias para la ejecución del proyecto subvencionado, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. Las entidades subvencionadas deberán utilizar una comunicación inclusiva durante todo el periodo de ejecución de la subvención concedida.
ARTÍCULO 2. Líneas de actuación de los proyectos subvencionables.
1. A los efectos previstos en esta convocatoria, solo se valorarán aquellos proyectos que se encuadren dentro de las dos siguientes líneas de actuación:
A. Línea de actuación de promoción de la igualdad y no discriminación.
B. Línea de actuación de prevención y atención frente a la violencia de género.
2. Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos que promuevan campañas publicitarias, documentales, publicaciones, guías, jornadas, congresos y los que tengan por objeto la realización de obras para el desarrollo de las actividades previstas en el apartado 1 del presente artículo.
3. Quedarán excluidas de la convocatoria aquellas entidades, cuyo sistema de admisión, funcionamiento, trayectoria o actuación sean manifiestamente discriminatorias entre mujeres y hombres o bien contrarias al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
ARTÍCULO 3. Objetivos específicos, e indicadores en los que se deben enmarcar los proyectos presentados.
Los objetivos específicos que se pretenden alcanzar con esta convocatoria, así como sus respectivos indicadores y las líneas de subvención en las que se deben enmarcar los proyectos, son los siguientes en función de las diferentes líneas de actuación:
LÍNEA DE SUBVENCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN.
Tiene como finalidad promover la igualdad en todos los ámbitos de la vida en materia de género, discapacidad, diversidad sexual o dirigida a etnia gitana en Madrid, a través de los siguientes objetivos específicos.
Objetivos específicos.
1) Contribuir a la igualdad de género, a través de actividades que fomenten la formación y capacitación de las mujeres en acceso al empleo, su participación y empoderamiento, así como la corresponsabilidad y la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de mujeres y hombres favoreciendo políticas de igualdad de género y no discriminación.
2) Favorecer el cuidado y autonomía personal de personas adultas con discapacidad, haciendo especial hincapié en las necesidades de las mujeres con discapacidad y promover actividades para facilitar el cuidado y la atención a las personas que acompañan cotidianamente a personas con discapacidad.
3) Reducir la vulnerabilidad social de población gitana en el acceso a la educación, al empleo y a los derechos sociales básicos, así como realizar actuaciones de fomento del empoderamiento y de actitudes de respeto hacia las mujeres gitanas, especialmente hacia personas gitanas LGTBI.
4) Proveer de atención psicosocial y jurídica al colectivo LGTBI y sensibilizar y concienciar en torno a los derechos de las personas LGTBI fomentando actitudes de respeto hacia este colectivo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN FRENTE A LA VIOLENCIA DE GÉNERO.
Tiene como finalidad la prevención y atención de todas las formas de violencia contra las mujeres: la violencia en el ámbito de pareja y ex pareja, la violencia sexual, prostitución forzada, trata, la mutilación genital femenina, los matrimonios forzados, la ejercida sobre las mujeres mayores y las mujeres sin hogar, a través de los siguientes objetivos específicos.
Objetivos específicos.
1) Detectar casos de violencia, dar respuesta y atender a las mujeres víctimas de violencia y protegerlas contra todas las formas de violencia incluyendo el apoyo y el acompañamiento para procurar su reparación y recuperación personal.
2) Fortalecer las capacidades de las mujeres víctimas de violencia, en el acceso al empleo, facilitando su desarrollo profesional y autonomía económica y removiendo las barreras derivadas de su posición en el mercado laboral.