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BOAM nº 8516 (05/11/2019)
Ayuntamiento Pleno

2083

Acuerdos de la sesión (16/2019), ordinaria del Pleno celebrada el día 25 de septiembre de 2019.

Mediante Decreto de 11 de marzo de 2019, el Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, aprobó las bases específicas que regirían la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Policía del cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

El Anexo III de las mencionadas Bases establece el cuadro de exclusiones en relación a la aptitud psicofísica, fijando su apartado 1 que la talla mínima para mujeres será de 165 centímetros y para hombres de 170 centímetros.

Según el estudio comparativo "Society at a glance", realizado por la OCDE en 2009 (publicado en www oecd-ilibrary.org), la media de altura de los países de la OCDE es de 177 centímetros para los hombres y 164 centímetros para las mujeres. Por su parte, los españoles cuentan con una altura media de 174 centímetros y las españolas alcanzan los 163 centímetros de media, ambos situados en la franja baja del estudio. Esto nos lleva a una primera conclusión: mientras que la talla mínima para los hombres se establece 4 centímetros por debajo de su talla media, la talla mínima para las mujeres se establece 2 centímetros por encima de su talla media.

La Unión Europea se dotó de la Directiva 76/207/CEE de Igualdad de Trato entre Hombres y Mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo. Esta Directiva contempla la aplicación a los Estados miembros del principio de igualdad de trato, que supone la ausencia de toda discriminación por razón de sexo, bien sea directa o indirectamente.

Se entiende por discriminación indirecta la situación en que una disposición sitúa a personas de un sexo determinado en desventaja particular con respecto a personas del otro sexo.

Según jurisprudencia reiterada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, existe discriminación indirecta cuando la aplicación de una medida nacional perjudica de hecho a un número muy superior de mujeres que de hombres.

En el caso de las Bases que nos ocupan y la exclusión establecida con respecto a la altura mínima establecida para cada sexo, se puede inferir de los estudios realizados por la OCDE que existe un número mucho mayor de mujeres con una estatura inferior a 165 centímetros que de hombres con estatura inferior a 170 centímetros, es decir, el requisito de estatura mínima de 165 centímetros para mujeres supone una desventaja para un número mucho mayor de personas de sexo femenino que establecer el requisito de 170 centímetros para el sexo masculino. De modo que estas Bases, atendiendo al fallo del TJUE, estarían creando discriminación indirecta. El Gobierno de España ya ha comenzado a actuar (febrero 2019) para evitar la discriminación indirecta, estableciendo que en la Guardia Civil se exija poseer una altura mínima de 160 centímetros para hombres y 155 centímetros para mujeres (hasta 2018 era 165 para los hombres y 160 para las mujeres).

En la Policía Nacional actualmente se exige tener una estatura mínima de 165 centímetros los hombres y 160 centímetros las mujeres, aunque en algunos medios de comunicación se ha publicado que se está estudiando implantar las mismas tallas mínimas ya aprobadas para la Guardia Civil.

 

PARTE DISPOSITIVA

El Pleno aprueba:

- Que el Gobierno de la Ciudad de Madrid realice cuantas gestiones sean necesarias con el Gobierno de la Comunidad de Madrid para modificar, a la mayor urgencia, el reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid con el objetivo de establecer una estatura mínima igual a la que utilizan los Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado dependientes del Gobierno de la Nación o incluso eliminar la misma.

- Modificar a continuación, y a la mayor urgencia, el Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal en su artículo 175, letra g, sustituyendo su contenido por el que figure en el actual Reglamento de la Comunidad de Madrid antes mencionado".

 

Punto 28. Aprobar la proposición n.º 2019/8000970, presentada conjuntamente por el concejal don Fernando Martínez Vidal, del Grupo Municipal VOX, por el concejal don José Vicente Hernández Fernández, Portavoz del Grupo Municipal Socialista de Madrid, por la concejala doña Marta María Higueras Garrobo, Portavoz del Grupo Municipal Más Madrid, por la concejala doña Sofía Miranda Esteban, Portavoz Adjunta del Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, y por la concejala Andrea Levy Soler, Portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular, interesando que el Parque Forestal de Valdebebas se denomine oficialmente "Parque Forestal de Valdebebas-Felipe VI".

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Al noroeste de la ciudad de Madrid, en el Distrito de Hortaleza, existía una gran extensión de eriales, antiguas zonas de cultivo y grandes vertederos y escombreras, con una superficie de 470 Ha que el Plan General de Ordenación Urbana dejó definido en 1997.

La reivindicación histórica de vecinas y vecinos de Hortaleza de convertir esos terrenos en una nueva casa de campo comenzó a tomar forma en invierno de 2006 con el inicio de las obras que dieron a Madrid el mayor espacio verde después de la Casa de Campo, con más de 200.000 árboles y de 180.000 arbustos.

En 2015, el Gobierno de Ana Botella, se inauguró este parque forestal con el nombre del Rey Felipe VI, esta denominación contó con los votos mayoritarios de su grupo y la oposición de resto de los grupos.

En febrero de 2017, una consulta popular no vinculante sobre el nombre organizada por el Gobierno municipal de Manuela Carmena, restringida a los habitantes del Distrito de Hortaleza y en la que participó el 2% de los vecinos, decidió devolverle el nombre de "Parque Forestal de Valdebebas".

El Rey Felipe VI, madrileño de nacimiento, recibió la Medalla de Honor de Madrid el 10 de mayo de 2004 y es natural que dé nombre a un espacio emblemático de la Capital, como lo da su padre, Juan Carlos I, a otro parque cercano, para recordarle como el Rey que contribuyó decisivamente a la Transición de la dictadura a la democracia en España.

Pero la figura del Jefe del Estado no puede ser objeto de discusión en función del signo político del Gobierno de cada momento.

"Parque Forestal de Valdebebas" y "Felipe VI" son términos perfectamente compatibles para el mismo espacio.

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