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BOAM nº 9060 (21/01/2022)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

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Resolución de 17 de enero de 2022 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal por la que se resuelven los puestos de trabajo convocados para su provisión por el procedimiento de concurso general de méritos FG-43/2021.

Por Resolución de fecha 13 de octubre de 2021 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal se convocó el concurso general de méritos FG-43/2021, para la provisión de puestos de trabajo.

 

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la comisión de valoración del concurso constituida al efecto ha evaluado los méritos alegados por las/os participantes de acuerdo con las disposiciones contenidas en las bases específicas de la convocatoria y el resto de normativa de aplicación. La comisión de valoración, de acuerdo con las puntuaciones obtenidas por cada participante que figuran en el anexo I de la correspondiente acta, eleva la propuesta de resolución del concurso a la Directora General de Costes y Gestión de Personal, en aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de las bases generales que rigen la provisión definitiva y temporal de puestos de trabajo de personal funcionario en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 26 de noviembre de 2020 (BOAM 30.11.2020).

 

En uso de las competencias previstas en el apartado 12º.1.4.a) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOCM núm. 168, de 17 de julio de 2019),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Resolver el concurso general de méritos FG-43/2021, para la provisión de puestos de trabajo, de acuerdo con la propuesta formulada por la comisión de valoración, de fecha 14 de enero de 2022, constituida al efecto.

 

El desarrollo del concurso se ha realizado de conformidad con lo dispuesto en las bases específicas de la convocatoria, en las bases generales por las que se regirán los procedimientos para la provisión definitiva y temporal de puestos de trabajo de personal funcionario en el Ayuntamiento de Madrid y en sus Organismos Autónomos, aprobadas por Acuerdo de 26 de noviembre de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM 30.11.2020), en el Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, y, supletoriamente, en lo dispuesto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

 

SEGUNDO.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en el anexo I, a la persona propuesta.

 

TERCERO.- Declarar desiertos los puestos de trabajo que se expresan en el anexo II.

 

CUARTO.- La presente resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Costes y Gestión de Personal, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2ª, 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la LPAC).

 

Madrid, a 17 de enero de 2022.- La Directora General de Costes y Gestión de Personal, Silvia Rojo López de la Osa.

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