BOAM nº 9019 (19/11/2021)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
3053
Resolución de 17 de noviembre de 2021 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación de la Resolución de la Directora General de Programas y Actividades Culturales, de 17 de noviembre, por la que se rectifica la propuesta de resolución provisional de la Directora General de Programas y Actividades Culturales para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales 2021.Una vez emitido informe por el órgano instructor designado en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales 2021, y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la presente convocatoria, y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, en virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,
RESUELVO
Ordenar la publicación oficial de la resolución provisional, formulada por la Directora General de Programas y Actividades Culturales, de fecha 17 de noviembre de 2021, por la que se rectifica la propuesta de resolución provisional de la Directora de Programas y Actividades Culturales para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales 2021, con el siguiente contenido:
"Advertido error material en los anexos de mi resolución de fecha 11 de noviembre de 2021 de propuesta de resolución provisional para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales 2021, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede la rectificación del mismo.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.n) de la Ley 22/ 2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,
RESUELVO
PRIMERO.- Rectificar el error material observado en los anexos de la propuesta de resolución provisional, de fecha 11 de noviembre de 2021, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales 2021, en aplicación del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incluyendo a las siguientes entidades en el anexo correspondiente:
o LIMBO PRODUCCIONES, S.L.
o M.ª BEGOÑA GONZÁLEZ CID.
o GRUTA 77, S.A.
o UNIMA FEDERACIÓN ESPAÑA.
SEGUNDO.- Proponer nuevamente la resolución provisional de beneficiarios (Anexo I), solicitantes excluidos con indicación de los motivos de su exclusión (Anexo II), solicitantes desestimados con el motivo (Anexo III) y solicitantes desistidos de su petición por falta de subsanación (Anexo IV), de la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales 2021.
La presente propuesta de resolución no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la administración mientras no se haya publicado la resolución de concesión definitiva, como establece el artículo 18 de las bases de la convocatoria.
TERCERO.- Conceder un nuevo plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente a la publicación de la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para presentar alegaciones y reformular solicitudes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 18 y 19 de las bases de la convocatoria.
En caso de aceptación, y de conformidad con lo establecido en el artículo 40.2 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, deberán aportar declaración responsable en la que manifieste que no ha solicitado la declaración de concurso voluntario, ni ha sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, ni se halla declarado en concurso, salvo que en este haya adquirido la eficacia un convenio, ni está sujeto a intervención judicial o ha sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese cumplimentado la documentación citada, se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes.
CUARTO.- Publicar la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento de Madrid, en relación con el artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".
Madrid, a 17 de noviembre de 2021.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, María Carmen González Fernández.