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BOAM nº 8910 (16/06/2021)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

1561

Resolución de 14 de junio de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se modifican las bases específicas por las que se regirá el proceso selectivo para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas de personal laboral fijo del Grupo Profesional A2 de Titulado/a Medio, Administración General del Ayuntamiento de Madrid, y se convocan plazas de dicha categoría, aprobadas por Resolución de 11 de marzo de 2019 de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal, rectificadas por Resoluciones de 13 de marzo de 2019 y de 15 de marzo de 2019 (BOAM núm. 8.356, de 13 de marzo de 2019; BOAM núm. 8.357, de 14 de marzo de 2019; BOAM núm. 8.360, de 19 de marzo de 2019; BOE núm. 67, de 19 de marzo de 2019), y se abre un nuevo plazo para la presentación de instancias.

Por la Subdirección General de Selección se ha formulado propuesta de modificación, y apertura de un nuevo plazo de presentación de instancias, de las bases específicas aprobadas por Resolución de 11 de marzo de 2019 de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal, por las que se regirá el proceso selectivo que convoque el Ayuntamiento de Madrid para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas de personal laboral fijo del Grupo Profesional A2 de Titulado/a Medio de Administración General del Ayuntamiento de Madrid.

 

Por Resolución de 11 de marzo de 2019 de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal, se aprobaron las bases específicas por las que se regirá el proceso selectivo que convoque el Ayuntamiento de Madrid para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas de personal laboral fijo del Grupo Profesional A2 de Titulado/a Medio de Administración General del Ayuntamiento de Madrid, en aplicación del Acuerdo de 5 de octubre de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba el acuerdo alcanzado con las organizaciones sindicales en la Mesa de Negociación de Personal Laboral, con fecha 29 de junio de 2017, sobre la clasificación y ordenación del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

 

Considerando que el Acuerdo de 5 de octubre de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el acuerdo alcanzado con las organizaciones sindicales en la Mesa de Negociación de Personal Laboral, con fecha 29 de junio de 2017, sobre la clasificación y ordenación del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, fue recurrido por la Administración General del Estado y como consecuencia del recurso se dictó la Sentencia 11/2020, de 9 de enero de 2020, del TSJ de Madrid (S C-A, S 7ª). La sentencia establece que "estimando el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado en representación de la Delegación de Gobierno de Madrid, contra la actuación administrativa descrita en el fundamento de derecho primero de la presente resolución, debemos anularla y la anulamos por no ajustarse a derecho".

 

Considerando que este fallo guarda relación directa con otro proceso judicial, también iniciado por la Administración General del Estado, en el Juzgado de lo Social n.º 37, contra el acuerdo de clasificación y ordenación del personal laboral recientemente resuelto en primera instancia mediante Sentencia n.º 144/2020, de 28 de julio de 2020.

 

Considerando que, a la vista de lo anterior, por Acuerdo de 29 de octubre de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se aprueba el Acuerdo de 30 de septiembre de 2020 de la Mesa de Negociación del Personal Laboral del Ayuntamiento de Madrid por el que se regulan los sistemas de clasificación y ordenación del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

 

Y, en consecuencia, estas bases fueron sometidas nuevamente a la consideración de la Mesa General de Negociación de Personal Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos en su reunión de fecha 31 de mayo de 2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.5 del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022 (Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid núm. 8.307, de 2 de enero de 2019), y se acordó adaptarlas al Acuerdo de 29 de octubre de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 30 de septiembre de 2020 de la Mesa de Negociación del Personal Laboral del Ayuntamiento de Madrid por el que se regulan los sistemas de clasificación y ordenación del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos. Así como la apertura de nuevo plazo de solicitudes conservando las presentadas en el plazo anterior.

 

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 11º.1.2.b) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 168, de 17 de julio de 2019), modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid núm. 8.573, de 3 de febrero de 2020), corresponde al Director General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

Por todo cuanto antecede, vengo en aprobar la siguiente

 

RESOLUCIÓN

 

PRIMERO.- Modificar las bases específicas que regirán el proceso selectivo convocado por el Ayuntamiento de Madrid para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas de personal laboral fijo del Grupo Profesional A2 de Titulado/a Medio de Administración General del Ayuntamiento de Madrid.

 

Dichas bases figuran como anexo a la presente resolución.

 

SEGUNDO.- Abrir un nuevo plazo de veinte días hábiles para la presentación de instancias en el proceso selectivo convocado para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas de personal laboral fijo del Grupo Profesional A2 de Titulado/a Medio de Administración General del Ayuntamiento de Madrid, publicado en el BOAM núm. 8.356, de 13 de marzo de 2019, y en el BOE núm. 67, de 19 de marzo de 2019, manteniéndose la validez de las instancias presentadas que durante este nuevo plazo no se vean modificadas.

 

A dichos efectos, aquellos aspirantes que ya hubiesen presentado instancia de participación y abonado la tasas por derechos de examen solamente presentarán nueva instancia si tienen nuevas circunstancias derivadas de la modificación de las Bases Específicas. Dicha instancia será realizada mediante el modelo normalizado de instancia general que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, sin abono de tasas.

 

Los nuevos aspirantes, deberán realizar la solicitud y el pago de la tasa por derechos de examen por el canal electrónico a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea". Una vez realizado el pago debe firmar y registrar la solicitud. El pago debe realizarse por medio de tarjeta bancaria. En todo caso, será preciso conservar el documento de autoliquidación que genera la aplicación una vez realizado el pago, puesto que es obligatorio para presentar la solicitud.

 

Los/as aspirantes quedan vinculados/as a los datos consignados en la solicitud, y una vez presentada esta, solo podrán demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

 

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