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BOAM nº 8812 (25/01/2021)
Distrito de Moncloa-Aravaca

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Decreto de 30 de diciembre de 2020 de la Concejala Presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca por el que se hace público el nombre de los centros educativos ganadores del XIII Certamen de Villancicos del Distrito de Moncloa-Aravaca 2020.

En virtud de las competencias delegadas en los Concejales Presidentes de Distrito por Acuerdo de 25 julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 188, de 9 de agosto de 2019),

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Conceder, de conformidad con las bases reguladoras de la convocatoria del "XIII Certamen de Villancicos 2020" del Distrito de Moncloa-Aravaca, en relación con la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30/10/2013 (en adelante, OBRS), los siguientes premios:

 

PRIMERO: Colegio Concertado Sagrado Corazón de Jesús: 600 euros.

 

SEGUNDO: Colegio Concertado Los Robles: 400 euros.

 

TERCERO: Declarar desierto el tercer premio del XIII Certamen de Villancicos 2020 del Distrito de Moncloa-Aravaca al no haberse presentado más solicitudes de participación.

 

SEGUNDO.- Disponer el gasto por importe de 1.000 euros con cargo a la partida 001/209/326.01/482.03 "Servicios Complementarios de Educación. Premios".

 

Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la presente publicación (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

3.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 30 de diciembre de 2020.- La Concejala Presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca, Loreto Sordo Ruiz.

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