BOAM nº 7800 (09/12/2016)
Área de Gobierno de Economía y Hacienda
2567
Decreto de 25 de noviembre de 2016 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda por el que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de ayudas económicas dirigidas a la promoción y desarrollo de la de economía social y solidaria.
1. Las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación exigida en la convocatoria, se presentarán en cualquiera de los registros del Ayuntamiento de Madrid, de sus Distritos, de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en cualquier otro registro de acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública. El acceso al servicio de Registro Electrónico se ofrece a través de la ficha de trámite de la convocatoria en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es). En la misma ficha podrán obtenerse el modelo de solicitud y los Anexos.
2. El plazo de presentación de solicitudes para el año 2016 se iniciará con la entrada en vigor del presente Decreto y tendrá una duración de 7 días naturales. Para los años sucesivos, desde el 1 al 30 de septiembre para el año 2017 y desde el 1 al 30 de junio para el año 2018.
3. Tal y como figura en el impreso de Solicitud de Ayudas que acompaña al presente Decreto, el Ayuntamiento de Madrid consultará la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18, 19 y 21 del RGS, relativas a las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Madrid, así como las relativas a las obligaciones por reintegro de subvenciones y la acreditación del devengo y pago de los tributos municipales. No obstante, si el solicitante no otorgara autorización, deberá aportar los certificados correspondientes emitidos por la Administración Tributaria, por la Seguridad Social y por el Ayuntamiento de Madrid.
4. Respecto de los requisitos previstos en la base cuarta, en especial lo que hace referencia al cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social, las personas socias solicitantes de la subvención que hayan negociado con la Administración una prórroga, aplazamiento, moratoria o cualquier otra condición especial será necesario que aporten la documentación que acredite esa prerrogativa especial.
5. La solicitud incluirá la declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos a los que hace referencia la base cuarta.
La presentación de la declaración responsable faculta a la Administración para verificar en cualquier momento la veracidad de los datos declarados. La inexactitud o falsedad de las declaraciones responsables, además de ser causa de exclusión de la persona solicitante de la convocatoria, es también causa de revocación, sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier tipo en las que haya podido incurrir.
6. Documento T correspondiente a la domiciliación bancaria, debidamente formalizada y sellada por la entidad financiera. Esta hoja solo se tendrá que aportar en el caso de cambio de datos o si es la primera vez que se solicita una subvención al Ayuntamiento de Madrid.
7. Junto con la solicitud se debe adjuntar la documentación que se menciona a continuación:
a) Línea 1: Fomento de la Intercooperación empresarial:
- Anexo I de la convocatoria debidamente cumplimentado.
- En su caso, acuerdo de intercooperación y/o plan de actuación firmado en todos sus páginas por todas las entidades participantes en el proyecto, que incorpore los datos identificativos de las entidades participantes, entidad designada como representante o apoderada, la causa que motiva la cooperación, los objetivos perseguidos, la contribución en términos económicos-financieros de cada una de las entidades participantes en el proyecto y las sinergias creadas.
- Definición del proyecto para el que se solicita subvención: Actividad desarrollada, duración, mercado al que se dirige, ámbito de operación, análisis económico-financiero, cronograma de puesta en marcha.
- Presupuesto detallado y desglosado de los gastos previos, por partidas, para el periodo para el que se solicita la subvención, necesarios para la definición del proyecto de intercooperación.
- Presupuesto detallado y desglosado de los gastos de puesta en marcha, por partidas para la implementación del proyecto.
- Relación de los principales resultados alcanzados por el proyecto y en especial el empleo creado con su implementación.
- Estatutos de las entidades que participan en el proyecto de intercooperación.
- Contratos de personal formalizados como consecuencia de la ejecución del proyecto.
b) Línea 2: Proyectos piloto de creación de nuevas entidades de economía social:
- Anexo II de la convocatoria debidamente cumplimentado.
- Memoria descriptiva y detallada del proyecto para el que se solicita subvención:
• Resumen ejecutivo.
• Tipo de empresa a crear.
• Actividad a realizar.
• Proceso de prestación del servicio.
• Mercado y competencia.
• Localización y ámbito de actuación.
• Recursos humanos.
• Plan económico: inversiones, financiación, ingresos, costes fijos, cuenta de resultados, previsiones de tesorería y principales ratios del proyecto.
• Innovación del producto o servicio.
- Presupuesto detallado y desglosado de los gastos, por partidas, que han sido necesarios para la elaboración y definición del proyecto en el periodo para el que se solicita la subvención.