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BOAM nº 9323 (13/02/2023)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

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Propuesta de resolución provisional de 9 de febrero de 2023 del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la renovación de vehículos particulares (Cambia 360) de la anualidad de 2022, aprobada por Decreto de 21 de abril de 2022 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

 

c) Los posibles beneficiarios han acreditado estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente la Seguridad Social, que no son deudores por resolución de procedencia de reintegro, así como la adecuada justificación de la subvención y su compatibilidad con otras ayudas, según lo previsto en las bases de la convocatoria.

 

d) Los solicitantes propuestos como beneficiarios cumplen con todas y cada una de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la LGS y en los artículos 15.2 y 16 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (en adelante, OBRGS).

 

A los anteriores antecedentes de hecho, resultan de aplicación los siguientes

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

PRIMERO.- Tal y como se establece en el apartado 4 de la convocatoria, en la propuesta de concesión de estas ayudas se ha seguido el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, previsto en el artículo 26.5.a) de la OBRGS.

 

El crédito consignado en la convocatoria es suficiente para atender a todas las solicitudes que reúnen los requisitos establecidos, dado que se hizo uso de la previsión de ampliación de crédito disponible y el apartado 3.3 de la convocatoria contempla la posibilidad de redistribuir el presupuesto entre los diferentes ámbitos de la ayuda en caso de que alguno no complete el nivel de otorgamiento previsto.

 

SEGUNDO.- Para obtener la condición de beneficiario de las ayudas constituye requisito indispensable no estar incurso en alguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 13 de la LGS, particularmente, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, y en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con la Administración.

 

Se aprecia en el informe de esta Dirección General que, de la propuesta de concesión presentada por la Entidad Colaboradora, se han de excluir 11 solicitudes (8 del Ámbito "Cero emisiones", y 3 del Ámbito "Eco"), porque los certificados aportados por los solicitantes para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias no reúnen los requisitos establecidos en el artículo 22.2.) del RGLS, en varios casos al haber sido recabados señalando una finalidad distinta de la obtención de subvenciones de una administración pública.

 

De este modo, esos solicitantes no pueden ser incorporados en la propuesta de resolución provisional, sin perjuicio de que puedan ser incluidos entre los beneficiarios que se declaren en la resolución de la convocatoria si proceden a subsanar esta deficiencia.

 

Por consiguiente, se propone estimar las solicitudes que figuran en los Anexos de esta resolución, con el importe a otorgar, e indicar las solicitudes que resultarían denegadas, con expresión sucinta del motivo, así como las ayudas que correspondería conceder en el caso de que dicho motivo pueda ser subsanado y éste lo sea en el plazo de alegaciones otorgado.

 

En conclusión, se propone conceder 3.388 subvenciones, que se desglosan por ámbitos de la siguiente forma:

 

- Ámbito 1. «0 emisiones»: 560 beneficiarios.

- Ámbito 2. «Eco»: 2.657 beneficiarios.

- Ámbito 3. «C»: 171 beneficiarios.

 

Ámbito

Subvenciones (euros)

Ámbito 1. 0 emisiones

3.667.850

Ámbito 2. ECO

9.468.700

Ámbito 3. C

430.000

TOTAL

13.566.550

Asimismo, se propone denegar 140 solicitudes, que se desglosan por ámbitos de la siguiente forma:

- Ámbito 1. «0 emisiones»: 30 solicitudes.

- Ámbito 2. «Eco»: 95 solicitudes.

- Ámbito 3. «C»: 15 solicitudes.

 

TERCERO.- Por último, tal y como se prevé en el apartado 11.2 de la convocatoria y en el artículo 27.2 de la OBRGS, entre las subvenciones que se propone otorgar existen varias que el importe propuesto para otorgamiento es inferior al solicitado por no haberse acreditado cumplir con los requisitos necesarios para optar a los incentivos adicionales previstos en la convocatoria, ya sea por sufrir el solicitante discapacidad por movilidad reducida, por pertenecer a familiar numerosa o por, según el ámbito, proponer la baja definitiva de un vehículo con categoría de clasificación ambiental A.

 

Esas solicitudes se recogen de manera diferenciada en esta propuesta, indicando el importe de subvención solicitado y el importe que se pretende otorgar.

 

En virtud de lo anteriormente indicado, y de conformidad con el artículo 27 de la OBRGS y el apartado 14.1 de la convocatoria que establece que el órgano instructor de esta línea de ayudas es la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Proponer la relación provisional de beneficiarios de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la renovación de vehículos particulares (Cambia360), de la anualidad 2022, aprobada por Decreto de 21 de abril de 2022 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, y los importes de las ayudas para cada uno de los ámbitos incluidos en la misma.

 

Dicha relación se incorpora como Anexo I a la presente propuesta, para los siguientes ámbitos:

 

- Ámbito 1. «0 emisiones»: Anexo I.I.a).

- Ámbito 2. «Eco»: Anexo I.II.a).

- Ámbito 3. «C»: Anexo I.III.

 

Se recoge, de manera diferenciada, las relaciones provisionales de beneficiarios, por ámbitos, a los que se propondría otorgar un importe inferior al solicitado, identificadas como:

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