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BOAM nº 8906 (10/06/2021)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

1494

Decreto de 8 de junio de 2021 de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se modifica el Decreto de 5 de abril de 2021 por el que se nombra el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 75 plazas de la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía del Ayuntamiento de Madrid por el sistema de promoción interna independiente.

Por el Coordinador General de Seguridad y Emergencias se ha formulado propuesta de modificación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 75 plazas de la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, convocadas mediante Resolución de 18 de enero de 2021 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», número 8.808, de 19 de enero de 2021).

 

Esta modificación responde a la necesidad de sustituir tanto al secretario suplente, Andrés Serrano Sanz, como a la vocal suplente, Paloma Morales Consuegra, en virtud de sus respectivos escritos de renuncia presentados por las propias personas interesadas, con fecha 1 de junio de 2021 y 31 de mayo de 2021, respectivamente.

 

La composición del Tribunal Calificador para esta categoría se ajustará a lo previsto en el punto 3 de las bases específicas que rigen la convocatoria de las pruebas selectivas publicadas en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 8.808, de 19 de enero de 2021, y en el punto 7.3 de las bases generales por las que se rige el proceso selectivo, publicadas el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 8.753, de 21 de octubre de 2020.

 

Corresponde a la titular del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, la competencia para efectuar el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.º 2.9. del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

En consecuencia, en uso de las competencias mencionadas en el párrafo anterior,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Modificar el Decreto de 5 de abril de 2021 de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, por el que se nombra el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 75 plazas de la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid por el sistema de promoción interna independiente, en los términos que se indican a continuación:

 

Nombrar a Sonia Rodríguez Gómez secretaria suplente del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 18 de enero de 2021 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, para el acceso por promoción interna a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, en sustitución de Andrés Serrano Sanz, así como nombrar a Fernando Argote Cardeñosa, como vocal suplente del mismo Tribunal Calificador, en sustitución de Paloma Morales Consuegra.

 

SEGUNDO.- Disponer la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la Sede Electrónica (www.madrid.es).

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» (artículos 112, 115, 116, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid».

 

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 14.1. 2.ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin prejuicio de que la persona interesada pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 8 de junio de 2021.- La Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.

 

 

 

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