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BOAM nº 8995 (14/10/2021)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

2666

Decreto de 13 de septiembre de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de la innovación a través de programas de aceleración o escalado de proyectos innovadores desarrollados por universidades públicas, fundaciones sin ánimo de lucro vinculadas a universidades públicas, parques científicos y organismos públicos de investigación que tengan sede en el término municipal de Madrid.

De conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y por el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo,

 

DISPONGO

 

Aprobar la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de la innovación a través de programas de aceleración o escalado de proyectos innovadores desarrollados por Universidades Públicas, Fundaciones sin ánimo de lucro vinculadas a Universidad Públicas, Parques Científicos y Organismos Públicos de Investigación que tengan sede en el término municipal de Madrid, con arreglo a las bases reguladoras que figuran como anexo y forma parte de este decreto.

 

Madrid, a 13 de septiembre de 2021.- El Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, Miguel Ángel Redondo Rodríguez.

 

ANEXO

 

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA INNOVACIÓN A TRAVÉS DE PROGRAMAS DE ACELERACIÓN O ESCALADO DE PROYECTOS INNOVADORES DESARROLLADOS POR UNIVERSIDADES PÚBLICAS, FUNDACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO VINCULADAS A UNIVERSIDADES PÚBLICAS, PARQUES CIENTÍFICOS Y ORGANISMOS PÚBLICOS DE INVESTIGACIÓN

 

La ciencia y la innovación son el motor de la economía en las sociedades avanzadas. Para que un resultado de investigación derivado de la ciencia se transforme en una innovación, es decir, que ese resultado llegue al mercado y a la sociedad aportando valor, resulta imprescindible una transferencia de conocimiento efectiva.

 

La transferencia de conocimiento desde los Centros Públicos de Investigación a las empresas constituye uno de los ejes que vertebran la política europea de innovación y se vincula a los programas de innovación de los países miembros de la Unión. Concretamente, el futuro Programa Marco de Investigación e Innovación de la Unión Europea, el Horizonte Europa, para el periodo 2021-2027, es la iniciativa principal de la Unión Europea para el fomento de la investigación y la innovación, desde la fase conceptual hasta la introducción en el mercado, incluyendo el proceso de transferencia de conocimiento.

 

La creación de empresas spin-off/EBTs (Empresas de Base Tecnológica) es uno de los principales instrumentos para conseguir esa transferencia de resultados de investigación y de conocimiento y contribuir al desarrollo de su entorno cercano.

 

Por todo lo cual, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, en adelante, OBRS, y con el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, esta convocatoria de subvenciones se regirá por las siguientes especificaciones:

 

1. Objeto y ámbito de la convocatoria.

 

1.1. La presente convocatoria tiene por objeto apoyar la innovación mediante el fomento de Programas de Aceleración o Escalado de Proyectos Innovadores desarrollados por Universidades Públicas, Fundaciones sin ánimo de lucro vinculadas a Universidad Publicas, Parques Científicos y Organismos Públicos de Investigación que permitan la creación de empresas derivadas para la transferencia del conocimiento o el escalado de empresas ya creadas.

 

Con ello se da cumplimiento a lo recogido en el Plan Estratégico de Subvenciones (PES) 2020-2022 del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo del Ayuntamiento de Madrid; en concreto, al Objetivo 2 de la Línea de Subvención 1 al posicionar a Madrid como ciudad que desarrolla acciones dirigidas a fomentar la innovación en las empresas y como destino atractivo para el desarrollo de programas y actividades con elevado contenido de I+D+i a través de la valorización y transferencia de resultados de investigación a las empresas.

 

1.2. La finalidad de esta convocatoria, que se desarrolla en régimen de concurrencia pública, es fortalecer el ecosistema de innovación de la ciudad de Madrid mediante el apoyo a los proyectos de I+D+i que se aceleran y a las empresas innovadoras a las que se ayuda a escalar su modelo desde las entidades públicas madrileñas.

 

1.3. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar las entidades subvencionadas o sean necesarias para la ejecución del proyecto subvencionado, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. Las entidades subvencionadas deberán utilizar una comunicación inclusiva durante todo el periodo de ejecución de la subvención concedida.

 

2. Régimen jurídico.

 

2.1. La presente convocatoria se regirá, además de lo dispuesto en estas bases, por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, en adelante, OBRS; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante, LGS; por su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en adelante, RGS. Asimismo, esta convocatoria se regirá por las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.

 

2.2. La gestión de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.

 

2.3. La presentación de una solicitud de participación en esta convocatoria implica la aceptación de esta sin condiciones ni reservas.

 

3. Requisitos para ser beneficiarios.

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