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BOAM nº 10115 (28/04/2026)
Distrito de Arganzuela

1557

Decreto de 10 de abril de 2026 de la Concejala Presidenta del Distrito de Arganzuela por el que se aprueban las bases de la convocatoria Premios Arganzuela 2026-IX Edición Música Popular.

Documentación que deberá acompañar a la solicitud electrónica:

 

1. Un vídeo en formato MP4 y dos canciones en formato MP3 comprimidos en archivos RAR o ZIP. O bien, enlace a dichos archivos desde un almacenamiento en la nube.

2. Dossier del solista o grupo (trayectoria y enlaces a vídeos de actuaciones musicales).

 

B. Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas (LPAC).

 

Documentación, que deberá acompañar a la solicitud presencial:

 

1. Un vídeo en formato MP4 y dos canciones en formato MP3, grabados en una memoria USB, o bien, enlace a dichos archivos desde un almacenamiento en la nube.

2. Dossier del solista o grupo (trayectoria y enlaces a vídeos de actuaciones musicales).

 

El modelo de solicitud está disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) y estará dirigida a la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario de Arganzuela.

 

La solicitud incluye la opción de autorizar que el órgano instructor recabe de oficio la información de consulta y verificación de los datos de identidad y de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria de Madrid. En caso contrario, la persona solicitante deberá aportar las certificaciones acreditativas o declaración responsable, de conformidad con lo previsto en los artículos 22.1 y 24 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.

 

La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra del presente concurso.

 

7. Plazo.

 

El plazo de presentación de las solicitudes se establece del 3 al 21 de junio de 2026. No se admitirán inscripciones fuera del plazo establecido, para lo que se tendrá en cuenta la fecha de entrada en registro.

 

8. Jurado y criterios de valoración.

 

Preselección:

 

Los proyectos serán valorados teniendo en cuenta su calidad artística y técnica, su originalidad, creatividad e innovación.

 

Los proyectos serán preseleccionados por un comité presidido por la Concejala Presidenta del Distrito de Arganzuela o persona en quien delegue. Además, estará formado por los siguientes vocales: la Jefa de la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario o funcionario que le sustituya, una directora de uno de los centros culturales del Distrito y un profesional en la materia (músico, crítico o periodista musical). Actuará como Secretaria la del distrito o funcionario en quien delegue, con voz, pero sin voto, que levantará acta de la resolución adoptada.

 

Este comité seleccionará un máximo de 6 finalistas, que se presentarán en directo en las fiestas del distrito "Melonera 2026", la actuación durará 30 minutos y el orden de presentación se establecerá mediante sorteo.

 

Selección:

 

Las presentaciones en directo de los proyectos preseleccionados serán valoradas por un jurado que presidirá la Concejala Presidenta del Distrito de Arganzuela o persona en quien delegue. Además, estará formado por los siguientes vocales: una directora de uno de los centros culturales del distrito, y un profesional en la materia (músico, crítico o periodista musical). Actuará como Secretaria la del distrito o funcionario en quien delegue, con voz, pero sin voto, que levantará acta de la resolución adoptada.

 

Cada miembro del jurado valorará las actuaciones de 0 a 5 puntos, cada uno, una vez finalizada la votación de cada miembro del jurado se sumarán todas las valoraciones, estableciéndose la puntación total.

 

El fallo del jurado será inapelable, se comunicará a los premiados de forma individual, dando la posibilidad de que el grupo ganador intervenga en las actuaciones de las Fiestas de la Melonera, y se hará público sin perjuicio de su posterior publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) durante el mes de septiembre. El jurado es el responsable de la interpretación de las bases, así como de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas.

 

9. Instrucción y resolución.

 

La instrucción del procedimiento corresponde al Coordinador del Distrito, a través de la Unidad Servicios Culturales y Ocio Comunitario.

 

El jurado, tras la valoración de los proyectos presentados de acuerdo con los criterios fijados en la convocatoria, levantará acta en la que se concretará el resultado del concurso. La propuesta de concesión del premio se elevará a la Concejala del Distrito.

 

El órgano instructor, a la vista del fallo contenido en el acta, formulará propuesta de resolución, que tiene carácter de definitiva, y que se notificará a las candidaturas propuestas como beneficiarias, para que, en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente a aquel en que reciba la notificación, aporte la documentación que se indica en el apartado 10 de estas bases.

 

Se prescinde del trámite de audiencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

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