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BOAM nº 8068 (10/01/2018)
Gerencia de la Ciudad

66

Resolución de 4 de enero de 2018 del Director General de Recursos Humanos por la que se convocan plazas para el acceso a la categoría de Arquitecto/a Superior del Ayuntamiento de Madrid.

Por la Subdirección General de Selección se ha formulado propuesta de resolución para la convocatoria de plazas para el acceso a la categoría de Arquitecto/a Superior del Ayuntamiento de Madrid de fecha 4 de enero de 2018.

 

Por Acuerdo de 7 de mayo de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2015 (BOAM número 7.409, de 11 de mayo de 2015) que incluye 3 plazas de la categoría de Arquitecto/a Superior del Ayuntamiento de Madrid; por Acuerdo de 17 de marzo de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2016 (BOAM número 7.623, de 21 de marzo de 2016) que incluye 6 plazas de la misma categoría y por Acuerdo de 20 de diciembre de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2017 (BOAM número 8.057, de 22 de diciembre de 2017) que incluye 5 plazas de la misma categoría.

 

Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad y el apartado 3.1 de las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la Selección de Personal Funcionario, aprobado por Resolución 14 de marzo de 2016 del Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales (BOAM núm. 7.638, de 13 de abril de 2016) rectificadas por Resolución de 8 de abril de 2016 del Director General de Recursos Humanos (BOAM núm. 7.639, de 14 de abril de 2016), se acumulará 1 plaza más a las plazas reservadas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad que cuenten con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, puesto que quedó sin cubrir en el anterior proceso selectivo de Arquitecto/a Superior convocado el 27 de noviembre de 2009 (BOAM núm. 6.078, de 7 de diciembre de 2009).

 

Por otro lado y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el I Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, aprobado por Acuerdo de 15 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM número 7.806, de 19 de diciembre de 2016), consta en el presente expediente de convocatoria informe de impacto de género en aplicación del principio de igualdad de mujeres y hombres.

 

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 9º.1.1. e) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad (BOAM número 7.530, de 2 de noviembre de 2015), corresponde al Director General de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias.

 

En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el apartado 9º.1.1 e), del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM número 7.530, de 2 de noviembre de 2015),

RESUELVO

 

PRIMERO.- Convocar pruebas selectivas para proveer 15 plazas (3 correspondientes a la ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2015, 6 correspondientes a la ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2016, 5 correspondientes a la ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2017 y 1 reservada para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad que cuenten con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, que quedó sin cubrir en el anterior proceso selectivo de Arquitecto/a Superior convocado el 27 de noviembre de 2009) de la categoría de Arquitecto/a Superior del Ayuntamiento de Madrid. Dichas plazas están encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1, de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su disposición transitoria tercera.

 

De las 15 plazas convocadas, 13 plazas se reservan al turno de acceso libre y 2 plazas se reservan para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

 

SEGUNDO.- El proceso selectivo para el acceso a esta categoría se regirá por las bases específicas contenidas en la Resolución del Director General de Recursos Humanos de fecha 9 de octubre de 2017 (BOAM número 8.012, de 16 de octubre de 2017).

 

TERCERO.- El importe de la tasa por derechos de examen es de 27,70 euros, según lo previsto en el apartado 5.2 de las bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución del Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de 14 de marzo de 2016, modificadas por Resolución del Director General de Recursos Humanos de fecha 8 de abril de 2016 (BOAM número 7.639, de 14 de abril de 2016).

 

CUARTO.- El orden en que habrán de actuar los/las aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente dando comienzo el opositor/a cuyo primer apellido comience con la letra Ñ, de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado para la Función Pública el día 18 de abril de 2017 (BOE número 94, de 20 de abril de 2017).

 

QUINTO.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

 

SEXTO.- Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el/la demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello sin perjuicio de que el/la interesado/a pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 

Madrid, a 4 de enero de 2018.- El Director General de Recursos Humanos, P.S., la Subdirectora General de Provisión y Situaciones Administrativas (Resolución de la Gerente de la Ciudad de 12 de diciembre de 2017), María Cruz Sánchez Rodríguez.

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