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BOAM nº 9296 (04/01/2023)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

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Decreto de 16 de diciembre de 2022 del Delegado de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueban las justificaciones de subvenciones concedidas en el marco de la convocatoria dirigida a la mejora de la financiación de la economía social en la anualidad 2022.

Vista la propuesta de fecha 13 de diciembre de 2022 de la Dirección General de Economía de aprobación de las justificaciones de subvenciones concedidas en el marco de la convocatoria dirigida a la mejora de la financiación de la economía social en la anualidad 2022.

 

Y, en virtud de las atribuciones que tengo conferidas según el apartado 3.º, punto 1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de Madrid, de 27 de junio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, en relación con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 17.1 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y a la vista de la propuesta de la Dirección General de Economía,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar, a la vista de los informes que integran el expediente 151/2021/00024, de la anualidad 2022, las justificaciones totales presentadas por las personas beneficiarias que se relacionan en el anexo I a este decreto, confirmándose la subvención inicialmente concedida.

 

SEGUNDO.- No aprobar, a la vista de los informes que integran el expediente 151/2021/00024, de la anualidad 2022, la justificación de la subvención concedida a la persona que se relaciona en anexo II a este decreto por la causa mencionada.

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 45, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 16 de diciembre de 2022.- El Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, Miguel Ángel Redondo Rodríguez.

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