BOAM nº 8797 (30/12/2020)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
2539
Resolución de 29 de diciembre de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área de Cultura, Turismo y Deporte, por el que se aprueba la concesión definitiva de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020.En virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la presente convocatoria y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas,
RESUELVO
Ordenar la publicación oficial del Decreto la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de fecha 29 de diciembre, por el que se aprueba la concesión definitiva de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020:
"Aprobada por la Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020, fue publicada, simultáneamente, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b. y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y simultáneamente en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica municipal(https://sede.madrid.es) el 16 de septiembre de 2020.
Una vez cumplimentados todos los trámites del procedimiento y formulada propuesta de valoración de las solicitudes por la Comisión de Valoración, órgano colegiado encargado de formular la propuesta de concesión al órgano concedente a través del órgano instructor, la Directora General de Programas y Actividades Culturales como órgano instructor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de los artículos 14, 15 y 20 de las bases reguladoras de la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020 y emitido informe de control de conformidad por la Intervención Delegada en Coordinación de Alcaldía, Vicealcaldía, Cultura, Turismo y Deporte a la propuesta de Resolución Definitiva, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 n) de la Ley 22/ 2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,
DISPONGO
PRIMERO: Aprobar, conforme a la propuesta formulada por la Comisión de Valoración, la concesión definitiva de subvenciones a los beneficiarios y por los importes que se indican en el Anexo I, correspondientes a la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020.
SEGUNDO: Declarar excluidas, conforme a la propuesta formulada por la Comisión de Valoración, las solicitudes de las entidades y por los motivos que se indican en el Anexo II, de la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020.
TERCERO: Declarar no admitidas en la referida convocatoria, las solicitudes de las entidades y por los motivos que se indican en el Anexo III.
CUARTO: Declarar desistidas de la referida convocatoria, las solicitudes de las entidades y por los motivos que se indican en el Anexo IV.
QUINTO: Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es) en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de las bases de la convocatoria, en relación con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
SEXTO: Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse:
1.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.
3.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 29 de diciembre de 2020.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Carmen González Fernández.