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BOAM nº 9678 (19/07/2024)
Distrito de Barajas

2517

Decreto de 17 de julio del Concejal Presidente del Distrito de Barajas por el que se rectifica el Decreto de 16 julio por el que se otorga la autorización de uso de los espacios del bien inmueble de titularidad municipal sito en la calle Plus Ultra, número 3 del Distrito de Barajas.

z) Cualquier otro cumplimiento defectuoso de las condiciones de la presente autorización determinará el requerimiento por parte de esta Administración para su cumplimiento en 48 horas. Determinando 3 incumplimientos en el plazo de tres meses, será causa de extinción de la autorización.

 

aa) Declarada responsablemente la ausencia de utilidad económica por destinar los ingresos obtenidos en dicho espacio para la autofinanciación del proyecto, anualmente la entidad autorizada está obligada a aportar las cuentas debidamente desglosadas y aprobadas (obligación esencial), en las que figurará de forma separada la contabilidad básica relativa a la gestión de la instalación.

 

El Ayuntamiento de Madrid podrá practicar las auditorías que considere necesarias en relación con los ingresos percibidos por las entidades o colectivos por actividades de autofinanciación".

 

En cualquier caso, el importe de las cantidades que se satisfagan por participar en estas actividades no podrá exceder del establecido para los precios públicos municipales.

 

Madrid, a 17 de julio de 2024.- El Concejal Presidente del Distrito de Barajas, Juan Antonio Peña Ochoa.

 

 

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