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BOAM nº 8372 (04/04/2019)
Distrito de Ciudad Lineal

667

Decreto de 18 de marzo de 2019 de la Concejala Presidenta del Distrito de Ciudad Lineal por el que se aprueban las bases por las que se regirá la Convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para la anualidad 2019 y Convocatoria anticipada para la anualidad 2020.

 

En el marco establecido por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 -en adelante, OBRGS-; y en virtud de la competencia que tienen atribuida por Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias de los Distritos, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo del año 2019 y convocatoria anticipada para la anualidad 2020 en el Distrito de Ciudad Lineal, con arreglo a las siguientes especificaciones:

 

Artículo 1.- Ámbito y objeto de la convocatoria.

 

1. El Ayuntamiento de Madrid, a través del Distrito de Ciudad Lineal, de acuerdo a los objetivos y líneas establecidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de Distritos 2018-2020 aprobado por Decreto de 20 de diciembre de 2018 del Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, convoca la concesión de subvenciones de Fomento del Asociacionismo mediante tramitación ordinaria para el año 2019 y anticipada para el año 2020, dirigida a todas las asociaciones de base que tengan su domicilio social en este distrito y estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la OBRGS, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de cada uno de los ejercicios en el momento de la resolución de la concesión.

La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid. Para ello, se proporcionarán recursos a las entidades ciudadanas al objeto de que fortalezcan las relaciones entre sus asociados, puedan captar nuevas personas y garantice su correcto funcionamiento y el desarrollo de sus actividades, al tiempo que se fomenta su implicación y participación en la actividad municipal.

2. La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:

2.1. Modalidad de Proyectos.

Esta modalidad está destinada a financiar proyectos de Fomento del Asociacionismo destinados a fortalecer las relaciones entre asociados y a promover la incorporación de nuevas personas, mediante el desarrollo de los objetivos operativos que se establecen el artículo 2 de esta convocatoria.

Las entidades que presenten proyectos de estas características deberán acceder a la convocatoria por la modalidad de Proyectos.

2.2. Modalidad de Gastos de mantenimiento para el funcionamiento de sedes sociales y otros espacios.

Otra finalidad de la convocatoria es garantizar la continuidad y el correcto funcionamiento de las asociaciones del distrito. Las entidades que presenten solicitudes para sufragar gastos de alquiler y funcionamiento de sede social u otros espacios en los que las entidades desarrollen actividades de forma habitual, presentarán solicitud por esta modalidad de mantenimiento de sede social.

La presentación de una solicitud de participación a la presente convocatoria implica la aceptación de la misma, sin condiciones ni reservas.

 

Artículo 2.- Modalidad de Proyectos: Objetivos operativos e indicadores de evaluación.

 

1. A los efectos previstos en esta convocatoria y para esta modalidad se valorarán solamente aquellas solicitudes que se encuadren dentro de la siguiente línea de subvención, correspondiente a la Línea 1 del Plan Estratégico de Subvenciones de Distritos 2018-2020:

- Apoyar a entidades ciudadanas que desarrollen proyectos que promocionen el asociacionismo y la democracia participativa.

2. Cada entidad solicitante podrá presentar 1 proyecto a esta convocatoria para cada anualidad. El proyecto presentado deberá ser encuadrado dentro de la línea de actuación de esta convocatoria y del objetivo operativo previsto en la misma.

La presentación por una misma entidad de un número de proyectos superior al indicado conllevará la inadmisión de aquellos que excedan del citado límite, procediéndose a admitir y evaluar aquel de los presentados en el que la cuantía solicitada sea de menor importe.

No serán admitidos aquellos proyectos cuyo presupuesto total, impuestos incluidos, supere los 5.000 euros para cada anualidad.

 La cuantía solicitada no podrá superar el presupuesto del proyecto, y no podrá ser superior a 2.500 euros para cada anualidad. No serán admitidas las peticiones cuya cuantía solicitada sea superior al límite expresado.

Los criterios para valorar las solicitudes admitidas en esta modalidad están recogidos en el artículo 10 de esta convocatoria.

Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos de actividades que tengan por objeto gastos de inversión.

Los proyectos que se subvencionen a través de estas convocatorias se realizarán en dos ejercicios diferentes, año 2019 o año 2020, en función de la convocatoria a la que se presente la solicitud.

3. Siguiendo la línea de subvención 1 del Plan Estratégico de Subvenciones de Distritos 2018-2020, los proyectos, para ser subvencionados, deberán contribuir al siguiente objetivo operativo cuyo resultado se estimará con los indicadores de actividad y de resultado definidos para el mismo:

Objetivo Operativo: Favorecer el correcto funcionamiento de las entidades y el desarrollo de sus actividades.

Indicador: Porcentaje de entidades beneficiadas que permanecen inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos: 100%.

Indicadores de resultados de los proyectos:

Indicador de actividad: número de actividades desarrolladas por cada entidad.

- Unidad de medida: número de actividades.

- Fórmula de cálculo: sumatorio.

- Fuente de verificación: certificado sobre el número y denominación de las actividades realizadas. A este certificado acompañará el material de difusión empleado.

El grado de consecución de los resultados será: Nº de acciones efectivamente realizadas*100/ Nº de acciones inicialmente previstas.

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