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BOAM nº 8379 (15/04/2019)
Distrito de Chamberí

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Decreto de 11 de abril de 2019 de la Concejala Presidenta del Distrito de Chamberí por el que se aprueban las bases y la convocatoria del Concurso del cartel anunciador de las Fiestas Populares del Carmen 2019 del Distrito de Chamberí.

BASES DEL CONCURSO DEL CARTEL ANUNCIADOR DE LAS FIESTAS POPULARES DEL CARMEN 2019 DEL DISTRITO DE CHAMBERÍ.

 

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

 

El Distrito de Chamberí convoca el Concurso del cartel anunciador de las Fiestas Populares del Carmen 2019 del Distrito de Chamberí, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), cuyo objetivo es fomentar y estimular la actividad artística y creativa entre los ciudadanos residentes y empadronados en la ciudad de Madrid.

 

2. RÉGIMEN JURÍDICO.

 

A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto para los premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia, en la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013 (en adelante, OBRGS). En su defecto se regulará por lo dispuesto en la citada ordenanza, en la LGS y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la citada ley, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable.

 

3. PARTICIPANTES.

 

Podrá participar en el concurso cualquier persona física, mayor de 18 años, o jurídica, residentes en el distrito, con un máximo de una obra original e inédita.

Cualquier persona con capacidad de obrar podrá actuar en representación de otra, según el artículo 5.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP).

En el momento de la presentación de la obra, los/las participantes deberán presentar declaración responsable de no encontrarse incurso/a en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS, así como, de que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones (Anexo I de esta convocatoria).

No se podrá exigir la presentación de documentos o la aportación de datos que ya estén en poder de las Administraciones Públicas. A estos efectos, el/la solicitante deberá declarar en qué administración, institución pública u órgano administrativo consta el dato o la documentación original.

De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (en adelante, LOPD), el/la solicitante deberá autorizar expresa e inequívocamente a este Ayuntamiento para la petición y obtención de dicha información, dicho consentimiento se encuentra en el Anexo I de esta convocatoria.

 

4. OBRAS.

 

Las características técnicas de la obra a presentar se establecen de la siguiente forma:

El tamaño editado de la obra será de 50 x 70 cm, por lo que debe tenerse en cuenta en su diseño la resolución.

Los formatos admitidos serán, preferentemente, en formato digital (PDF, JPEG), y en formatos impresos, siendo necesaria su presentación en alta y baja resolución.

No hay limitaciones en las técnicas, materiales ni colores a utilizar.

La fecha de celebración de las citadas fiestas populares se incluirá en el arte final para la impresión del cartel ganador.

Los trabajos presentados para las Fiestas del Carmen 2019 del Distrito de Chamberí deberán reflejar valores, centrados principalmente en la participación, la fiesta y la proyección exterior del distrito. Estos objetivos se plasmarán en la composición de los trabajos, reflejando un espíritu festivo con marcada orientación publicitaria y de promoción, tanto de la fiesta anunciada como del propio Distrito de Chamberí.

 

5. CONDICIONES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

 

La obra en formato papel o en soporte digital, mediante una llave USB, se entregará en un sobre cerrado bajo un lema o seudónimo. Al margen de éste se aportará por el concursante otro sobre cerrado, en cuyo interior figurarán los datos de identificación del concursante (nombre, apellidos, dirección y teléfono) y la obra que ha presentado, de forma que el concurso, para mayor garantía de imparcialidad, sea anónimo. Se incluirá una declaración responsable firmada en la que el autor indique que la obra presentada es original e inédita.

La organización no se hace responsable de los extravíos o daños que puedan sufrir las obras presentadas al concurso.

Los gastos de envío y devolución de las obras serán por cuenta de los concursantes.

Transcurrido el plazo de dos meses desde la resolución del concurso, sin que los autores de los trabajos no seleccionados los hayan recogido, se entenderá que renuncian a los mismos, y el Distrito de Chamberí podrá disponer libremente de ellos, sin reconocer derechos de reclamación o indemnización de ninguna clase.

El plazo de admisión de obras será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la LPACAP, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, por lo tanto, deberán tramitar en línea la solicitud, a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid.

Las solicitudes de participación en esta convocatoria deberán dirigirse a la Unidad de Participación Ciudadana y Cooperación Público Social del Distrito de Chamberí y se podrán presentar:

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