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BOAM nº 8379 (15/04/2019)
Distrito de Chamberí

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Decreto de 11 de abril de 2019 de la Concejala Presidenta del Distrito de Chamberí por el que se aprueban las bases y la convocatoria del Concurso del cartel anunciador de las Fiestas Populares del Carmen 2019 del Distrito de Chamberí.

La obra ganadora del concurso seleccionada por el distrito, como cartel de las fiestas no implica ninguna adquisición ni contraprestación, siendo el premio la cantidad de 1.000 euros, todo ello en consonancia con el apartado 6 precedente. El/la ganador/a obtendrá el premio en metálico.

 

10. PROTECCIÓN DE DATOS.

 

Los datos registrados por los participantes serán recogidos y tratados conforme a la LOPD.

 

11. PLENA ACEPTACIÓN DE LAS BASES.

 

La participación en el concurso del Cartel anunciador de las Fiestas del Carmen 2019 del Distrito de Chamberí comporta la plena aceptación de las presentes bases, sin excepción alguna, por lo que los participantes quedan obligados a su estricto cumplimiento en todo momento.

El Distrito de Chamberí, como organizador del concurso, se reserva el derecho a hacer modificaciones o tomar iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que estas contribuyan a un mayor éxito de la convocatoria.

 

12. DERECHO DE AUTOR, DIFUSIÓN Y RESPONSABILIDAD DE LAS OBRAS PRESENTADAS.

 

El autor premiado se compromete a ceder los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública de su obra al Ayuntamiento de Madrid. La cesión se utilizará para posibles exhibiciones, difusiones o publicaciones de carácter no venal.

La organización se reserva los derechos exhibición, reproducción gráfica y publicación sin fines comerciales de la obra premiada y las presentadas a concurso.

El distrito no se hace responsable de los daños en los casos de robo, desperfecto o deterioro de las obras presentadas al concurso.

Los participantes serán responsables exclusivos de cualquier reclamación que pueda derivarse en relación con la autoría, plagio, vulneración de los derechos de propiedad intelectual sobre la obra presentada a concurso en los términos del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

 

13. PUBLICACIÓN.

 

La convocatoria del concurso se publicará, conforme a lo establecido en el apartado segundo de la disposición adicional primera de la OBRGS, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica: https://sede.madrid.es, incluyéndose los datos y documentos que se indican en el artículo 6 de la citada ordenanza, además se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

 

14. OTRAS DETERMINACIONES.

 

El/la ganador/a estará obligado a devolver el premio si se comprobase que su trabajo hubiese sido premiado anteriormente o comprometidos con editorial o compañía multinacional, o se plantease reclamación fundada sobre su auditoría. Del mismo modo deberán devolver el premio si no se acreditase el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases.

 

Madrid, a 11 de abril de 2019.- La Concejala Presidenta del Distrito de Chamberí, Esther Gómez Morante.

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