BOAM nº 9809 (31/01/2025)
Agencia para el Empleo
359
Resolución de 20 de diciembre de 2024 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones dirigida a empresas para la financiación de actividades de mentoring de personas contratadas con especiales dificultades de inserción laboral en la anualidad 2025. Tramitación anticipada.
f) Hoja de alta de servicios en la Agencia para el Empleo de las personas trabajadoras por cuya mentoría se pide la subvención, según modelo publicado en la sede electrónica https://sede.madrid.es y en la página web de la Agencia para el Empleo de Madrid (www.madrid.es/agenciaparaelempleo). Los nuevos contratos celebrados por los beneficiarios de la subvención en el marco de esta convocatoria se registrarán en los servicios de intermediación de la Agencia para el Empleo de Madrid.
Declaraciones responsables que deberán realizarse y que serán suscritas por la persona que ostente la representación legal de la empresa solicitante en el propio formulario de solicitud:
a) Declaración en la que se haga constar que la empresa solicitante no se halla incursa en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
b) Declaración de que no se han obtenido otras ayudas de igual naturaleza para la misma finalidad y para el mismo contrato, que la ayuda solicitada.
c) Declaración en la que se haga constar que la empresa solicitante no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos de causas de exclusión descritas en el artículo 4.3 de la presente convocatoria.
d) Declaración de que la documentación que se presenta con la solicitud y con cualquier otro trámite asociado al procedimiento de concesión de las subvenciones y su justificación, es una copia idéntica del documento original y que los datos contenidos son ciertos.
e) Declaración de no tener pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.
La firma del formulario de solicitud comportará la autorización, marcando las casillas correspondientes, para obtener por medios electrónicos los datos relativos a la obligación de estar al corriente con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y con la Agencia Tributaria Madrid (ATM). En caso de no marcar este consentimiento para la consulta y comprobación de los datos, el interesado estará obligado a aportar los certificados vigentes correspondientes.
La Agencia para el Empleo de Madrid consultará de oficio y por medios electrónicos, los datos del trabajador contratado autorizados en el anexo I de la convocatoria. Si no se autorizara dicha consulta deberán ser aportados:
a) Certificado de empadronamiento del trabajador contratado.
b) Informe de vida laboral que acredite la condición de desempleado previa a la contratación.
Los documentos que deberán presentarse para acreditar que la contratación se ha realizado con alguno de los colectivos de destinatarios descritos en el artículo 2.4 será la siguiente:
a) Para los colectivos del artículo 2.4.a) y 2.4.b) se presentará, preferentemente, el contrato de trabajo, realizado a partir del día de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM). En el clausulado del contrato deberá constar que el contrato ha sido suscrito, según el caso, para personas desempleadas de larga duración o para personas jóvenes trabajadoras beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
b) En el supuesto de no haberse marcado ninguna de estas opciones en la cláusula del contrato celebrado, deberá aportarse para las personas descritas en el artículo 2.4 b), el certificado en el que conste su condición como beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
c) Para las personas que no pertenezcan a ninguno de los colectivos anteriores, pero sí presenten las características descritas en el apartado c) del artículo 2.4, deberá presentarse el contrato y la documentación que acredite la realización de dichas acciones.
Artículo 6.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
6.1. La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de esta será publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) y en su sede electrónica https://sede.madrid.es.
6.2. El plazo de presentación de solicitudes se abrirá al día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y permanecerá abierto hasta el 15 de noviembre de 2025 o hasta agotar el crédito existente. Las solicitudes que tengan entrada en dicho plazo y que no puedan ser tramitadas hasta la fase de concesión en la anualidad 2025, se tramitarán en 2026, sin necesidad de presentación de una nueva solicitud, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente que lo permita en la aplicación presupuestaria 503/140/241.09/470.00 "Subvenciones a empresas privadas para el Fomento del Empleo" para el año 2026 y supeditado a la aprobación definitiva del presupuesto de esta anualidad.
6.3. Las solicitudes se deberán presentar a partir del día siguiente a la contratación y hasta el último día del mes siguiente a la misma. A estos efectos, únicamente serán consideradas las contrataciones efectuadas a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM).
6.4. Las solicitudes de subvención se cumplimentarán por vía telemática en el modelo de solicitud previsto que se encontrará a disposición de los interesados, desde el día del inicio del plazo de presentación de solicitudes, en la sede electrónica https://sede.madrid.es y en la página web de la Agencia para el Empleo de Madrid (www.madrid.es/agenciaparaelempleo), debiendo presentarse firmada por quien ejerza la representación legal de la empresa y acompañada de la documentación preceptiva correspondiente.