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BOAM nº 8385 (25/04/2019)
Gerencia de la Ciudad

814

Resolución de 10 de abril de 2019 de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal por la que se resuelve el Concurso Específico de Méritos FE-14/2018 para la provisión de puestos de trabajo en varias Áreas de Gobierno.

Por Resolución de fecha 5 de octubre de 2018 de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal, se convocó el Concurso Específico de Méritos FE-14/2018, para la provisión de puestos de trabajo en varias Áreas de Gobierno.

 

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Valoración del concurso, constituida al efecto, ha evaluado los méritos alegados por las/os participantes de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, en las Bases Generales que habrán de regir la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarias/os de carrera en el Ayuntamiento de Madrid mediante concurso, publicadas en el BOAM el 22 de junio del 2000, así como con lo regulado en la propia convocatoria. La comisión de valoración de acuerdo con las puntuaciones obtenidas por cada participante, que figuran en el Anexo I del correspondiente Acta, eleva la propuesta de resolución del concurso a la Directora General de Planificación y Gestión de Personal, en aplicación de la Base 10.7 de las Generales.

 

En uso de las competencias previstas en el apartado 8º.1.3.h) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad (BOCM núm. 267, de 10 de noviembre de 2015) modificado, en cuanto a las competencias de esta Dirección General se refiere, por el Acuerdo de 14 de marzo de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOCM núm. 79, de 3 de abril de 2018),

 

RESUELVO

 

PRIMERO. Resolver el Concurso Específico de Méritos FE-14/2018, para la provisión de puestos de trabajo en varias Áreas de Gobierno, de acuerdo con la propuesta formulada por la Comisión de Valoración, de fecha 10 de abril de 2019, constituida al efecto.

 

El desarrollo del concurso se ha realizado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en las Bases Generales que rigen la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarias/os de carrera en el Ayuntamiento de Madrid, mediante concurso.

  

 SEGUNDO. Adjudicar los puestos de trabajo que se expresan en el Anexo I, a las personas propuestas.

  

La presente resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Planificación y Gestión de Personal la Gerencia de la Ciudad, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2ª, 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la LPAC).

 

Madrid, a 10 de abril de 2019.- La Directora General de Planificación y Gestión de Personal, Almudena Álvarez García.

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