BOAM nº 8672 (30/06/2020)
Distrito de Villaverde
1019
Resolución de 25 de junio de 2020 de la Coordinadora del Distrito de Villaverde por la que se ordena la publicación del Decreto de la Concejal Presidente del Distrito de Villaverde de fecha 25 de junio de 2020 por el que se declara desistimiento de solicitudes en la Convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo del Distrito de Villaverde para la anualidad 2020.En virtud de lo establecido en el artículo 8 de las Bases de la convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo del Distrito de Villaverde y, en virtud de las atribuciones conferidas por delegación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 25 julio de 2019, se ordena la publicación del Decreto del Concejal Presidente de fecha 25-06-2020, por el que se declara el desistimiento de diversas solicitudes correspondientes a la convocatoria de subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito de Villaverde 2020, al no haber atendido al requerimiento formulado para la subsanación de deficiencias:
Número de expediente - Solicitante - Objeto.
112/2020/ 980 - AMPA Comunidad Infantil de Villaverde - Solicitud de Subvención para el proyecto "Fomento del asociacionismo mediante actividades en común". Solicitud de Subvención para la Modalidad de Proyectos.
112/2020/981 - Asociación de Minusválidos Físicos de Villaverde - Solicitud de Subvención para el proyecto "Actividades 2020 para la inclusión de las personas con diversidad funcional". Solicitud de Subvención para la Modalidad de Proyectos.
112/2020/866 - Aceptar de plano al AMPA del CEIP Cristóbal Colón el desistimiento de su solicitud de Subvención en la Modalidad de Adquisición de Equipamiento.
Contra la expresada resolución, podrán interponer los recursos que se indican a continuación, según establece el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
- Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
- Recurso Contencioso-Administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación.
Madrid, a 25 de junio de 2020.- La Coordinadora del Distrito de Villaverde, Paloma Molina Molina.