Saltar navegación

BOAM nº 8909 (15/06/2021)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

1540

Resolución de 9 de junio de 2021 de la Secretaria General Técnica por la que se publican los decretos del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano por los que se conceden las subvenciones correspondientes a la convocatoria pública de 2017 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda.

Mediante Decreto de 13 de julio de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible se aprobó la Convocatoria Pública de Subvenciones 2017 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda.

 

De conformidad con el artículo 26.2 de dicha convocatoria y el artículo 29 de la Ordenanza de 30 de octubre de 2013 de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 45.1b) y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al considerar que el contenido de los decretos pudieran contener datos relativos a los derechos o intereses legítimos de los solicitantes de las subvenciones, se publica su contenido de forma somera y el lugar donde los interesados podrán comparecer para tener conocimiento del contenido íntegro del mismo.

 

En uso de las atribuciones conferidas por Acuerdo de 11 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Publicar los decretos de concesión que figuran en el anexo de la presente resolución, en los que se indica los importes totales aprobados del presupuesto protegido y de la subvención concedida, que no supera, en ningún caso, los porcentajes máximos establecidos en la convocatoria, así como los plazos máximos para inicio de actuaciones, su ejecución y justificación, y condiciones generales.

 

Los interesados podrán comparecer, en el Área Delegada de Vivienda, calle de Ribera del Sena, n.º 21, para conocimiento del contenido íntegro del decreto de concesión, previa solicitud de cita previa que podrán solicitar a través del número de teléfono 010, así como en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es, o bien, a través de comparecencia electrónica. Todo ello de conformidad con el artículo 46 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

SEGUNDO.- Contra los decretos relacionados en el anexo, que ponen fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2. Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

 

3. Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 9 de junio de 2021.- La Secretaria General Técnica, Inés Cámara Martín.

Subir Bajar