BOAM nº 8237 (14/09/2018)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible
1888
Resolución de 6 de septiembre de 2018 de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible por el que se hace público el Decreto de 28 de junio de 2018, del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2018 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética en los edificios existentes de uso residencial vivienda en el Área Preferente de Impulso a la Regeneración Urbana 21.01 Barrio del Aeropuerto.Artículo 12. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión de subvenciones de la presente convocatoria será el de concurrencia competitiva en régimen de convocatoria abierta, tramitándose sucesivos procedimientos de concesión en función de las solicitudes recibidas, cuyo plazo de presentación comenzará a partir de la entrada en vigor de la convocatoria.
La solicitudes de subvención se resuelven mediante la comparación de las presentadas en el plazo establecido al efecto en esta convocatoria, y aplicando los criterios de valoración previstos el artículo 21 de la misma.
Artículo 13. Plazo de presentación de la solicitud de subvención.
1. La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (en adelante, BDNS) y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.
2. El plazo de presentación de las solicitudes objeto de esta convocatoria comprenderá el periodo temporal que se inicia al día siguiente de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finaliza el 28 de diciembre de 2018. En el caso de que no coincidiera el día en que se efectuaran ambas publicaciones, el plazo se contará desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo previsto en la convocatoria no son admitidas a trámite.
Artículo 14. Lugar de presentación de la solicitud de subvención.
La solicitud de subvención, junto con los anexos que procedan y documentación exigida, se dirigirá a la Dirección General de Planificación Estratégica y podrá presentarse:
a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento https://sede.madrid.es. En este caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la LPACAP.
Puede informarse llamando al teléfono 010 Línea Madrid o al 91 529 82 10, si llama desde fuera de la ciudad de Madrid.
Artículo 15. Modelo de solicitud de subvención.
1. Las solicitudes de subvención se presentarán mediante el modelo que se incorpora al presente Decreto de convocatoria. El modelo de solicitud, así como otros modelos referidos en esta convocatoria podrán obtenerse en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es.
2. La solicitud deberá estar debidamente formalizada y firmada por el solicitante o quien ostente su representación legal, en la que además de consignar los datos identificativos y de contacto, deberá bajo su responsabilidad suscribir las siguientes declaraciones, incluidas en el modelo de solicitud adjunto a esta convocatoria:
- Declaración de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establecen los artículos 33 de la OBRS y 22.1 y 24 RGS. La presentación de la solicitud comportará la autorización al órgano instructor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria Municipal, Seguridad Social, o Administración Pública competente. En caso de que el solicitante no quiera acogerse a este acto, lo hará constar expresamente en la solicitud de subvención. En el supuesto en el que no se otorgue tal consentimiento, así como cuando éste sea revocado expresamente en cualquier momento del procedimiento, corresponderá al solicitante aportar los citados certificados.
- Declaración de no hallarse incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, según lo dispuesto en los artículos 33.2 de la OBRS, 25 y 26 del RGS y 13 de la LGS.
- Declaración de no haber recibido, ni tener concedida otros tipos de ayudas con el mismo objeto que superen el coste real de lo subvencionado. En el caso de haber solicitado otras subvenciones, siempre que no supere el coste real del proyecto, declaración responsable hará expresa mención de la cuantía, así como al órgano o entidad ante la que se han presentado, sin perjuicio de su acreditación con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención.
- Declaración de no tener pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Esta declaración se presentará únicamente en el caso de que haya sido beneficiario de subvenciones de convocatorias anteriores.
3. "Descripción de las actuaciones" debidamente formalizada y firmada por el técnico responsable de la actuación, siguiendo el modelo que figura como Anexo I de la solicitud de subvención adjunto a esta convocatoria. Este impreso es necesario cumplimentarlo en todos los caso, incluso cuando se presenta proyecto completo de las obras a realizar.
Artículo 16. Forma de presentación de la solicitud de subvención.
1. En los supuestos de presentación de solicitud de subvención, conforme el artículo 14.a) de esta convocatoria, la documentación se presentará electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original, así como ficheros firmados y visados electrónicamente en los casos que proceda. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica. Se exceptúa la aportación de facturas, que deberá realizarse siempre de forma presencial con los originales y una copia para proceder a su compulsa.
2. En los supuestos de presentación de la solicitud de subvención conforme el artículo 14.b) de esta convocatoria, la documentación se acompañará en formato papel (original o fotocopia compulsada), o bien digitalizada en dispositivos de almacenamiento como CDs o similares. La documentación que se presente en formato digital deberá incorporar firma electrónica en todos los casos, y visado digital cuando proceda, según la normativa de aplicación.
ANEXOS
- ANEXO PDF, 8 Kbytes
- SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PDF, 511 Kbytes
- INSTRUCCIONES SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PDF, 335 Kbytes
- ANEXO I DESCRIPCIÓN DE ACTUACIONES PDF, 267 Kbytes
- COMUNICACIÓN DE INICIO DE ACTUACIONES PDF, 89 Kbytes
- INSTRUCCIONES COMUNICACIÓN INICIO ACTUACIONES PDF, 141 Kbytes
- COMUNICACIÓN TERMINACIÓN ACTUACIONES PDF, 102 Kbytes
- INSTRUCCIONES COMUNICACIÓN DE TERMINACIÓN DE ACTUACIONES PDF, 142 Kbytes
- ACEPTACIÓN SUBVENCIÓN PDF, 513 Kbytes