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BOAM nº 8607 (20/03/2020)
Alcaldía

571

Decreto de 19 de marzo de 2020 del Alcalde por el que se impulsa la colaboración con la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que permitirá el estacionamiento gratuito en plazas de aparcamientos municipales a los profesionales sanitarios de hospitales públicos y privados en la crisis sanitaria del COVID-19.

El Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, del Gobierno de España, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, modificado por el Real Decreto 465/2020 del 17 de marzo, establece la necesidad de adoptar una serie de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta emergencia de salud pública. Las circunstancias extraordinarias que concurren constituyen una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud tanto por el elevado número de ciudadanos afectados como por el extraordinario riesgo para sus derechos por lo que el citado Real Decreto establece una serie de medidas de contención de gran calado e impacto en nuestra sociedad.

 

En el transcurso de esta crisis sanitaria el Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha una serie de medidas para la contención del coronavirus y otras para paliar sus efectos en las personas más vulnerables.

 

Mediante Decreto de 12 de marzo de 2020 del Alcalde se determinaron los servicios del Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19. También mediante Decreto se desactivó el Servicio de Estacionamiento Regulado por motivos socio sanitarios en todas las calles aledañas a centros hospitalarios con más de 100 camas, con el fin de facilitar el aparcamiento a profesionales médicos y pacientes y, posteriormente, se amplió a todo el ámbito geográfico.

 

Dada la expansión del COVID-19 y con el objetivo de seguir contribuyendo a la contención de su expansión se va a impulsar un protocolo de colaboración con la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid cuyo objeto es facilitar al personal sanitario de los hospitales públicos y privados del municipio de Madrid el estacionamiento de manera gratuita, en aparcamientos de titularidad pública para contribuir así a evitar contagios durante los traslados a sus puestos de trabajo.

 

Se trata con ello de poner a disposición del sistema sanitario público los medios de titularidad del Ayuntamiento de Madrid y apoyar, en la medida de lo posible, la labor que el personal sanitario está desempeñando para el conjunto de la sociedad, en la gestión de esta crisis.

 

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 14 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Impulsar una colaboración con la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para permitir el estacionamiento gratuito en aparcamientos de titularidad municipal para los profesionales sanitarios de hospitales públicos y privados en la crisis del COVID-19.

 

Esta colaboración se articulará a través de un protocolo entre la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad en el que se establecerá la duración de tal medida y el resto de condiciones de aplicación.

 

SEGUNDO.- En los aparcamientos públicos de gestión indirecta en los que exista demanda de plazas por parte de la Consejería de Sanidad, los concesionarios decidirán de forma voluntaria sumarse o no a tal iniciativa. Si estuvieran interesados en contribuir a la misma el Ayuntamiento de Madrid les autorizará mediante un acto administrativo de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad que recogerá las condiciones de aplicación.

 

En los aparcamientos públicos de gestión directa por la Empresa Municipal de Transporte de Madrid (EMT), trasladada la demanda de plazas por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid tales aparcamientos quedaran automáticamente incluidos en el ámbito de aplicación del protocolo en las mismas condiciones que los aparcamientos de gestión indirecta.

 

TERCERO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad a dictar cuantas resoluciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.

 

CUARTO.- El presente Decreto surtirá efectos desde su adopción sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno a fin de que quede enterado del mismo.

 

Madrid, a 19 de marzo de 2020.- El Alcalde, José Luis Martínez-Almeida Navasqüés.

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