Saltar navegación

BOAM nº 8382 (22/04/2019)
Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias

788

Decreto de 15 de abril de 2019 del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias por el que, en ejecución de sentencia, se modifica y se hace pública la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para proveer 124 plazas de la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.

El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas por Decreto de 18 de mayo de 2015 del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias (actual Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias), para proveer 124 plazas de la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario para prestar servicios en el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid, tras proceder a realizar una nueva valoración de méritos de la fase de concurso, ha formulado propuesta para hacer pública la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo con la indicación de la puntuación total alcanzada, en ejecución de la sentencia de 15 de noviembre de 2018 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, declarada firme con fecha 24 de enero de 2019, que desestimó el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 34, de 21 de diciembre de 2017, por la que se dispone anular el apartado A) de la base 5ª.1.2 de las bases específicas de la convocatoria, relativo a la "experiencia profesional" según se hubiera prestado servicios en la Administración convocante u otra Administración, procediendo a valorar de manera unitaria respecto a los servicios de cualquier administración y, por otro, anular las puntuaciones otorgadas por actividades voluntarias.

 

La base 6.ª de las bases específicas que rigen el proceso selectivo dispone que "finalizadas las fases de concurso y oposición, el tribunal publicará las relaciones de aprobados por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional de identidad, así como las notas parciales de todos y cada uno de los ejercicios del proceso selectivo, y de la fase de concurso, en su caso, en el tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid. Simultáneamente a su publicación en dichos Tablones, el tribunal elevará las relaciones expresadas al titular del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias y se publicará en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid".

 

En virtud de lo anteriormente expuesto, y por las competencias a mi conferidas en el apartado 3.º 2.1 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias,

 

DISPONGO

 

Primero.- Publicar en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid las relaciones de aspirantes que, tras realizar una nueva valoración de méritos de la fase de concurso, en ejecución de la sentencia de 15 de noviembre de 2018 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, declarada firme con fecha 24 de enero de 2019, que desestimó el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 34, de 21 de diciembre de 2017, de conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador, han superado el proceso selectivo convocado por Decreto de 18 de mayo de 2015, del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias para proveer 124 plazas de la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario para el servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid, por el procedimiento de concurso oposición, incorporadas como Anexo I (promoción interna) y Anexo II (turno libre) al presente decreto, con la indicación de la puntuación total alcanzada tras la modificación practicada al haber valorado de manera unitaria los servicios prestados en cualquier Administración Pública y descontar, en su caso, la puntuación por servicios de voluntariado en Protección Civil, tanto en el Ayuntamiento de Madrid como en otras administraciones, en ejecución de sentencia.

 

Segundo.- Aquellos aspirantes que habiendo superado el proceso selectivo fueron eliminados del mismo por no haber presentado la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en el plazo establecido en virtud del Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias de 12 de julio de 2018, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, incluyendo en su lugar al primero de los aspirantes que habiendo superado todos los ejercicios del proceso selectivo no figurará propuesto por el Tribunal Calificador, por no poder proponer más aspirantes aprobados que plazas convocadas, conforme a lo dispuesto en los dos últimos párrafos de la base sexta de las específicas del proceso selectivo.

 

Tercero.- Publicar en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid la relación de documentación que figura en el Anexo III, que deberá ser presentada exclusivamente por aquellos aspirantes que figurando en el Anexo II (turno libre), no hubieran presentado la documentación anteriormente. Esta documentación deberá entregarse por dichos aspirantes en la Subdirección General de Recursos Humanos y Calidad de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil (avenida Principal, 2, Casa de Campo), en horario de 9:00 a 14:00 horas, en el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de este decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Cuarto.- La nueva asignación de los puestos, que figura en el Anexo I y en el Anexo II se ha realizado conforme al número que ha obtenido cada uno de los aspirantes, atendiendo a la solicitud efectuada por los mismos conforme al Anuncio de 13 de julio de 2018, publicado en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid, no siendo por tanto necesaria una nueva solicitud de adjudicación de puestos, excepto para aquellos aspirantes que en su momento no fueron nombrados funcionarios de carrera, que deberán elegir por orden de prioridad los puestos que figuran en el Anexo IV.

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112, 115, 116 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto.

 

En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículo 8.1 y 14.1.2.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 15 de abril de 2019.- El Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, José Javier Barbero Gutiérrez.

Subir Bajar