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BOAM nº 8888 (17/05/2021)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

1196

Resolución de 12 de mayo de 2021 del Director General de la Policía Municipal de Madrid por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD PM 2/2021.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, en adelante ROPAM, en el artículo 48 del Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal de 31 de marzo de 1995, en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en uso de las competencias previstas en el apartado 8.1.3.b) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias (BOAM núm.8.429, de 1 de julio de 2019),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Convocar los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I.

 

SEGUNDO.- Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los/as funcionarios/as de carrera del Ayuntamiento de Madrid y por los/as funcionarios/as de carrera de otras Administraciones Públicas que hayan accedido a la Administración del Ayuntamiento de Madrid por el procedimiento regulado en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, y continúen prestando servicios en el mismo, siempre que su Cuerpo, Escala, Subescala o Especialidad sea considerado como equivalente al Cuerpo, Escala, Subescala o Especialidad del puesto convocado.

 

Los/as interesados/as deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para los mismos figuren en la relación de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria.

 

TERCERO.- Los/as interesados/as presentarán una solicitud por cada uno de los puestos por los que opten, en el modelo de instancia publicado como Anexo II, que se adjunta a esta resolución. Podrán solicitarse cuantos destinos se incluyen en la presente convocatoria, siempre que se reúnan los requisitos y condiciones exigidas.

 

Las solicitudes se presentarán por conducto reglamentario en la sede de la Secretaría del Comisario General (avenida Principal, 6). Las solicitudes de participación serán introducidas en la aplicación informática SIGIR en los plazos que a estos efectos se determinen en la presente resolución, remitiendo posteriormente las mencionadas solicitudes por correo electrónico a la Subdirección General de Recursos Humanos de la Dirección General de Policía Municipal, junto con el listado de solicitudes de participación que emite la aplicación. En las solicitudes deberá indicarse la fecha de entrada de estas en la sede de la Secretaría, con su sello correspondiente.

 

Aquellos interesados/as que no se encuentren en servicio activo pueden presentar las solicitudes, dirigidas a la Dirección General de la Policía Municipal de Madrid, en cualquiera de las Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid, en Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las formas previstas en el 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

CUARTO.- El plazo de presentación de solicitudes será de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Esta resolución se publicará también en la Orden General del Cuerpo, tal y como dispone el artículo 49 del Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal.

 

QUINTO.- Los/as interesados/as acompañarán a la solicitud su currículum, en el que se detalle su formación y experiencia profesional.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, presentado por Registro Único, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la LPAC).

 

II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC).

 

Madrid, a 12 de mayo de 2021.- El Director General de la Policía Municipal, Pablo Enrique Rodríguez Pérez.

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