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BOAM nº 8124 (02/04/2018)
Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

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Decreto de 23 de marzo de 2018 de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública del “Premio Emprendedoras 2018” del Ayuntamiento de Madrid.

2. Declaración responsable en la que se comprometen a invertir el importe del premio recibido en metálico en el proyecto por el cual han resultado ganadoras.

3. Declaración responsable de no ser deudora(s) de obligaciones por reintegro de subvenciones.

4. Declaración responsable por el que se comprometen a constituirse como empresa en un plazo no superior a tres meses a contar desde la firma del decreto por el que se resuelve la convocatoria por parte de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo. Las ganadoras de este Premio deberán notificar y presentar la documentación que justifique la constitución de su empresa (independientemente de la forma jurídica elegida), en el plazo máximo de un mes desde el alta de la empresa.

5. En el caso de agrupación de personas físicas, deberán presentar documento de compromiso de ejecución asumido por cada uno de los miembros que la integren y nombramiento de un representante único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones y derechos que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, incluido el cobro del premio.

b) Categoría "Premio Empresa 2018":

 Las solicitudes presentadas por persona física deberán aportar la siguiente documentación:

1. Certificado de situación censal emitido por la Agencia Estatal de Administración tributaria, con el fin de verificar la fecha de inicio de actividad de la empresa.

2. Documento "T" de Alta de pago por transferencia debidamente cumplimentado, el cual se puede descargar en los portales de Internet https://sede.madrid.es y/o www.madridemprende.es.

3. Documento por el que se comprometen a invertir el importe del premio recibido en metálico en el proyecto por el cual han resultado ganadoras.

4. Declaración responsable de no ser deudora(s) de obligaciones por reintegro de subvenciones.

En el caso de no haber autorizado al Ayuntamiento de Madrid (en el apartado correspondiente de la solicitud) para la consulta de datos a través de la Plataforma de Intermediación de Datos de la Administración General del Estado, también deberán presentar:

5. Documentación que acredite el alta en el régimen de seguridad social que corresponda.

6. Certificación de estar al corriente del pago en las obligaciones tributarias con la Administración estatal y con la Seguridad Social.

El certificado de estar el corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid será solicitado de oficio por la Dirección General de Comercio y Emprendimiento.

Las solicitudes presentadas por persona jurídica deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:

1. Copia de la escritura o documento de constitución y los estatutos en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.

2. Copia de la escritura de poder o documento acreditativo de la representación legal y de la identidad del representante.

3. Certificado de situación censal emitido por la Agencia Estatal de Administración tributaria, con el fin de verificar la fecha de inicio de actividad de la empresa.

4. En el supuesto de que existan trabajadores contratados por cuenta ajena, documentación acreditativa de la inscripción de la empresa en el sistema de seguridad social y documento TC1 de cotización a la Seguridad Social del último año abonado de todos los centros de trabajo de la empresa solicitante.

5. Documento "T" de Alta de pago por transferencia debidamente cumplimentado, el cual se puede descargar en los portales de Internet https://sede.madrid.es y/o www.madridemprende.es.

6. Declaración responsable de no ser deudora(s) de obligaciones por reintegro de subvenciones a nombre de la persona jurídica.

En caso de no autorizar al Ayuntamiento de Madrid la consulta de datos a través de la Plataforma de Intermediación de Datos de la Administración General del Estado, se deberá presentar también:

7. Alta en el Régimen de Seguridad Social que corresponda del administrador.

8. Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración estatal y con la Seguridad Social.

El certificado de estar el corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid será solicitado de oficio por la Dirección General de Comercio y Emprendimiento.

 

DUODÉCIMA.- Composición y actuación del jurado.

La valoración de los proyectos que alcancen la máxima puntuación y la selección de aquellos que haya de proponerse para la concesión de los premios, corresponderá a un jurado integrado por ocho miembros.

- Presidenta: Titular: Directora General de Comercio y Emprendimiento.

Suplente: Subdirectora General de Emprendedores y Pymes.

 

 

- Seis vocales:

(1) En representación de la Dirección General de Comercio y Emprendimiento:

Titular: Jefa de Servicio de Emprendedores y Pymes.

Suplente: Jefa de Departamento de Emprendedores y Pymes.

(2) En representación del Centro Universitario Villanueva:

Titular: Coordinadora del Departamento de Prácticas y Orientación Profesional Centro Universitario Villanueva.

Suplente: Directora del Departamento de Prácticas Profesionales del Centro Universitario Villanueva.

(3) En representación de WOMENALIA:

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