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BOAM nº 8383 (23/04/2019)
Gerencia de la Ciudad

798

Resolución de 2 de abril de 2019 de la Directora General de Relaciones Laborales y Retribuciones de subsanación de las solicitudes de ayuda de discapacidad física, intelectual o sensorial del personal municipal, jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid de la convocatoria de 2019.

El Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos para el período 2019-2022 aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 27 de diciembre de 2018 y publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 2 de enero de 2019 regula en el artículo 39 la ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial destinada a compensar, en parte, los gastos ocasionados por su cónyuge, pareja de hecho e hijos o hijas con discapacidad física, intelectual o sensorial igual o superior al 33%, que estén a cargo del personal en activo y jubilado del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

 

Podrá solicitar esta ayuda el personal a que se refiere el artículo 27.1 y 27.2 de este Acuerdo-Convenio. Excepcionalmente podrán solicitar la ayuda, los y las pensionistas de orfandad del Ayuntamiento de Madrid, cuya pensión no exceda del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples incrementado en un 20%.

 

Por su parte, las Bases generales de convocatoria de las ayudas de acción social para 2019 y las Bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social, fueron aprobadas por Acuerdo de 22 de noviembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid y publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 27 de noviembre de 2018. Las bases específicas que regulan las ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial establecen los requisitos y condiciones objeto de la ayuda, incompatibilidades específicas, así como la documentación que debe acompañarse y la cuantía a conceder de 140 € mensuales.

 

Examinadas las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial para el año 2019 y la documentación aportada por el personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid que se relaciona en el presente expediente, se comprueba que deben subsanar o aportar documentación por el concepto que en el mismo se indica.

 

Asimismo se ha comprobado la identidad sustancial de los expedientes individuales de solicitud de Ayuda por lo que, en aplicación del artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su acumulación.

 

Sin perjuicio de la custodia del expediente original en la sede de la Dirección General de Relaciones Laborales y Retribuciones, calle Bustamante, 16-28045 Madrid, órgano gestor de Acción Social del Ayuntamiento de Madrid, el personal municipal podrá consultar en la intranet municipal ayre en la ruta "ayre/Mi área personal/Acción social/Mis ayudas/Solicitar y consultar ayudas/ayudas solicitadas" la información individual de la ayuda solicitada, desde el día de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. El personal jubilado y pensionista recibirá una notificación individual con el requerimiento de subsanación de su solicitud de ayuda.

 

Por todo lo expuesto, en ejercicio de las competencias establecidas en los apartados 9.1.1.g) y h) del Acuerdo de 14 de marzo de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOCM n.º 79, de 3 de abril de 2018), por el que se modifica, en cuanto a las competencias de esta Dirección General se refiere, el Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad (BOCM n.º 267 de 10 de noviembre de 2015),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Acumular los expedientes individuales de solicitud de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial para el año 2019 dada su identidad sustancial.

 

SEGUNDO.- Requerir al personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, solicitantes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial, convocatoria 2019, para que subsanen su solicitud o aporten documentación.

 

TERCERO.- Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid o de la recepción de la notificación de la presente resolución, en virtud de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición.

 

La presentación de la documentación requerida se realizará:

 

- El personal municipal exclusivamente por vía telemática, en la intranet o extranet municipal ayre en la ruta "ayre/Mi área personal/Acción social/Mis ayudas/Solicitar y consultar ayudas/ayudas solicitadas", en la que se incorporará la documentación justificativa requerida escaneada en formato digital (.pdf, tiff, .jpg).

- El personal jubilado y pensionista en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, preferentemente en la calle Bustamante, 16, planta baja, o a través de cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Podrá autorizar a la consulta de la documentación requerida mediante la correcta cumplimentación del formulario de consentimiento ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial publicado en ayre.

 

CUARTO.- Publicar en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la intranet municipal ayre la presente resolución.

 

QUINTO.- Ordenar la inserción de la información individual relativa a las solicitudes de ayuda de por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas al personal municipal del Ayuntamiento de Madrid en la intranet municipal ayre en la ruta "ayre/Mi área personal/Acción social/Mis ayudas/Solicitar y consultar ayudas/ayudas solicitadas" de cada solicitante, con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

SEXTO.- Notificar la presente resolución al personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 2 de abril de 2019.- La Directora General de Relaciones Laborales y Retribuciones, Angela García Sánchez.

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